MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SUPER FRANQUICIAS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL LIMITADA

RUT 76096728-9 CVE 1555371
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Santiago de doña Elena Torres

Instrumento

Notario
CECILIA VERÓNICA MORALES CABRERA abogado
Domicilio
Titular de esta jurisdicción don NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA
Comuna
Santiago de doña Elena Torres

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CECILIA VERÓNICA MORALES CABRERA abogado, Notario Público Suplente del Titular de esta jurisdicción don NICOLAS FERNANDO ARRIETA CONCHA, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 7972, comuna La Cisterna, CERTIFICO: Por escritura pública, de hoy ante mí, CLAUDIO RAFAEL EDUARDO VILLARINO ACHONDO, ingeniero comercial, C.I. cinco millones ochocientos sesenta y seis mil quinientos cincuenta y siete guion seis, CLAUDIO ANDRES VILLARINO MUÑOZ, ingeniero comercial, C.I. doce millones cincuenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro guion nueve, CAROLINA ANDREA VILLARINO MUÑOZ, empleada, C.I. dieciséis millones trescientos sesenta y nueve mil setecientos treinta y tres guion cinco, FELIPE EDUARDO VILLARINO MUÑOZ, psicólogo, C.I. quince millones trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, todos domiciliados para estos efectos en calle Aguas Claras número ciento setenta departamento sesenta y uno, comuna de Lo Barnechea, CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ, contador, C.I. diez millones cuatrocientos noventa mil quinientos cuarenta y nueve guion ocho, y JENNY GECELE SOTO, comerciante, C.I. diez millones sesenta y tres mil trescientos ochenta y ocho guion cuatro, ambos con domicilio en Las Golondrinas poniente cuatro mil trescientos veintitrés, comuna de Maipú; suscribieron escritura de MODIFICACIÓN de sociedad “INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA”, RUT 76.096.728-9, constituida por escritura pública de fecha veintiocho de abril del año dos mil diez, otorgada en la Notaria de Santiago de doña Elena Torres Seguel, e inscrita a fojas veinte mil novecientos setenta y nueve número catorce mil doscientos treinta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil diez.- En el sentido que: UNO ) socios CLAUDIO RAFAEL EDUARDO VILLARINO ACHONDO, CLAUDIO ANDRES VILLARINO MUÑOZ, CAROLINA ANDREA VILLARINO MUÑOZ, y FELIPE EDUARDO VILLARINO MUÑOZ se retiran de la sociedad y venden, ceden y transfieren todos sus derechos en la sociedad de la siguiente manera: a) CLAUDIO RAFAEL EDUARDO VILLARINO ACHONDO, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad, equivalentes al 10% del capital social a doña JENNY GECELE SOTO, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de $1.000.000.- que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, b) CLAUDIO ANDRES VILLARINO MUÑOZ, dueño de un 30% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el diez por ciento de sus derechos sociales a doña JENNY GECELE SOTO, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de un millón de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, y CLAUDIO ANDRES VILLARINO MUÑOZ vende, cede y transfiere su restante 20% de derechos sociales a don CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de dos millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, c) doña CAROLINA ANDREA VILLARINO MUÑOZ, dueña de un 30% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad a don CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de tres millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, y d) FELIPE EDUARDO VILLARINO MUÑOZ, dueño de un 30% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere todos sus derechos en la sociedad a don CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de tres millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, quedando de esta forma como únicos socios doña JENNY GECELE SOTO con un 20% de derechos en la sociedad y CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ con un 80% de derechos en la sociedad.- DOS.- Se modifica la cláusula segunda del pacto social indicando que el nombre o razón social de la sociedad será “SUPER FRANQUICIAS E INTELIGENCIA ARTIFICIAL LIMITADA”, pudiendo usar para todos los fines legales el nombre de fantasía “ SUPER FRANQUICIAS LTDA.” .- TRES.- Se modifica la cláusula QUINTA del pacto social, correspondiente a la administración de la sociedad en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá al socio CARLOS FERNANDO CUELLO PEREZ, mismas facultades que el pacto social inicial.- CUATRO.- Se amplía el objeto social agregando al ya existente lo siguiente: La comercialización, compraventa, importación, exportación, representación, procesamiento por cuenta propia o para terceros, de todo tipo de productos alimenticios, tecnológicos, electrónicos y/o servicios, asesorías, consultorías técnicas, auditorías, tributaria, contable, laboral, correduría de seguros, de todo tipo para el funcionamiento de empresas. Elaboración, estudio, diseño y ejecución de proyectos de base tecnológica. Promoción y fomento del emprendimiento a través de elementos educativos y formativos, así como de publicaciones, investigaciones, seminarios, congresos, jornadas y otros eventos relacionados. Diseño y programación de algoritmos, desarrollo de software inteligencia artificial, aplicaciones para móviles, páginas web, diseño gráfico, digitalización, e-commerce, e-learning y marketing online. Desarrollo de proyectos de sostenibilidad ambiental, energías renovables y ahorro y eficiencia en el uso de los recursos naturales, consumo crítico y responsable. Generación de sistemas de información geográfica y realización de todo tipo de proyectos en las áreas de la ingeniería, cartografía digital, informática, así como el tratamiento de imágenes, incluyendo la captación y proceso de datos, y todo tipo de asistencia técnica en dichas materias. Diseño de interiorismo e iluminación asistido por software 3D y desarrollo de producto para domótica. Explotación de patentes, marcas, modelos, procedimientos y productos relacionados anteriormente. Efectuar toda clase de inversiones en bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean de cualquier naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y administrarlos, sin perjuicio de otras actividades que los socios acuerden y que estimen conveniente para el mejor funcionamiento de ella y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, o que en el futuro acuerden los socios.- SEGUNDO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social: La Cisterna, 19 de febrero del año 2019.- CVMC Not. Supl. La Cisterna.