MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Belectric Chile Limitada

RUT 76203067-5 CVE 1555608
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2019
Repertorio
636/2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Catedral 1.009, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que con fecha 25 de febrero de 2019, ante mí, repertorio N° 636/2019, Belectric Inversiones Latinoamericana, S.L.U. y Belectric España Fotovoltaica, S.L., ambos domiciliados para estos efectos en Av. Isidora Goyenechea 3356, oficina 10, Las Condes, Santiago, como únicos socios de Inversiones Belectric Chile Limitada, inscrita a fojas 14.817, número 10.422 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2012, acordaron modificar dicha sociedad en el siguiente sentido: a) aumentar su capital social de la suma de $1.000.000 a la suma de $6.507.688.000, aumento íntegramente aportado con anterioridad a esta fecha por el socio Belectric Inversiones Latinoamericana, S.L.U. De esta forma, el capital de la sociedad asciende a la suma de $6.507.688.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios en las siguientes proporciones: Belectric Inversiones Latinoamericana, S.L.U. ha aportado y pagado la suma de $6.507.678.000, que equivalen a aproximadamente un 99,99985% del capital social; y Belectric España Fotovoltaica, S.L. ha aportado y pagado la suma de $10.000, la que equivale a aproximadamente un 0,00015% del capital social. b) modificar la administración de la sociedad y uso de su razón social, de forma tal que la misma corresponda a Belectric Inversiones Latinoamericana, S.L.U., quien podrá ejercerla por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública o instrumento privado debidamente legalizado y apostillado. En virtud de lo anterior, acordaron modificar los Artículos Cuarto y Quinto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se faculta al portador de extracto para su legalización. Santiago, 26 de febrero de 2019. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.