INMOBILIARIA ESVAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2019
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad es de 15 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Claudio Patricio Escobar Acosta actuando en forma individual y a Claudia Begonia Varas Lizana, actuando en forma conjunta con cualquiera de los señores Diego Ignacio Escobar Varas o Javiera Alejandra Escobar Varas, quienes anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, en conformidad a lo indicado en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2019, ante mí, CLAUDIO PATRICIO ESCOBAR ACOSTA, por sí y en representación legal de su hijo menor de edad, VICENTE JESÚS ESCOBAR VARAS, y de su hija menor de edad, ISIDORA ALMENDRA ESCOBAR VARAS; CLAUDIA BEGONIA VARAS LIZANA; DIEGO IGNACIO ESCOBAR VARAS; y JAVIERA ALEJANDRA ESCOBAR VARAS; todos domiciliados en esta ciudad, calle Los Castaños número 1.730, casa 21, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuya escritura social extracto lo siguiente. Razón Social: La razón social es “INMOBILIARIA ESVAR LIMITADA”.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, representaciones o sucursales que la sociedad establezca en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) El desarrollo del negocio inmobiliario en todas sus formas, como es adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes enunciados; b) La construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de obras civiles, edificios, locales, viviendas, urbanizaciones, infraestructuras, instalaciones y, en general cualquier obra anexa, afín o complementaria a las anteriores; c) El diseño y elaboración de toda clase de proyectos de construcción y arquitectura; y d) La compra, venta, importación, exportación, permuta, arrendamiento, explotación, administración e inversión en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios - Capital: El capital de la sociedad será de un $1.000.000, que será aportado por los socios de la siguientes forma: a) Claudio Patricio Escobar Acosta, aportará $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; b) Claudia Begonia Varas Lizana aportará $300.000, equivalentes al 30% de los derechos sociales; c) Diego Ignacio Escobar Varas, aportará $50.000, equivalentes al 5% de los derechos sociales; d) Javiera Alejandra Escobar Varas, aportará $50.000, equivalentes al 5% de los derechos sociales; e) Vicente Jesús Escobar Varas, aportará $50.000, equivalentes al 5% de los derechos sociales; y f) Isidora Almendra Escobar Varas, aportará $50.000, equivalentes al 5% de los derechos sociales.- Dichos aportes se pagarán en el plazo de 3 años contado desde esta fecha, a medida que las necesidades sociales lo requieran.-Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Claudio Patricio Escobar Acosta actuando en forma individual y a Claudia Begonia Varas Lizana, actuando en forma conjunta con cualquiera de los señores Diego Ignacio Escobar Varas o Javiera Alejandra Escobar Varas, quienes anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios, en conformidad a lo indicado en la escritura extractada.- Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 15 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2019.