MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DARÍO URZÚA SpA

RUT 76383617-7 CVE 1555584
Capital
$3.407.508.350 CLP
Fecha instrumento
4 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.407.508.350 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2019, ante mí, se redujo el Acta de Junta Extraordinaria de la sociedad DARÍO URZÚA SpA, celebrada con fecha 12 de diciembre de 2018, en que único accionista de la sociedad FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO FRONTAL TRUST DESARROLLO INMOBILIARIO X, representado por la sociedad Frontal Trust S.A., y ésta a su vez representada por don Andrés Echeverría Salas, acordó aumentar el capital social de tal sociedad en la suma de $540.677.600.-, esto es, de la suma de $2.866.830.750, a la cantidad de $3.407.508.350, mediante la emisión de 540.677.600 acciones, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de noventa días contados desde fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de lo anterior se acordó reemplazar el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: “El capital de la Sociedad será la suma de $3.407.508.350, dividido en 3.407.508.350 acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la manera expresada en las disposiciones transitorias. Tanto el capital inicial como los eventuales aumento de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de un año contado desde el acto de constitución o acuerdo de aumento de capital, según sea el caso, y podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados por los accionistas constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la Sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al quinto día hábil previo al acuerdo de aumento de capital.”, de igual forma, se reemplazó el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $3.407.508.350, dividido en 3.407.508.350 acciones, ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscrito y pagado por el único accionista Fondo de Inversión Privado Frontal Trust Desarrollo Inmobiliario X como se indica a continuación: a) $1.000.000 equivalente a 1.000.000 de acciones, al constituirse la sociedad. b) $2.731.736.300 equivalente a 2.731.736.300 acciones, acordadas emitir por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 16 de junio del año 2016, las que fueron suscritas y pagadas en el mismo acto. c) $134.094.450 equivalente a 134.094.450 acciones, acordadas emitir por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 24 de enero del año 2018, las que fueron suscritas y pagadas en el mismo acto. d) $540.677.600 acciones, acordadas emitir por la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 12 de diciembre del año 2018, las que fueron suscritas y pagadas en el mismo acto.” En lo no modificado, permanecen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2019.