CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL RIVERAS DEL CHILLÁN SpA

CVE 1555405
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
21 de febrero de 2019
Notaría
Publica
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de febrero de 2019
Repertorio
979
Notario
JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
Oficio
Tercera Notaria Publica de Chillán
Comuna
Publica

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad Chillán
Duración
La duración de la Sociedad será tres años (3), plazo que se renueva tácitamente, salvo oposición del o lo(s) socio(s), que hubiera en lo sucesivo y que representen más del cincuenta por ciento de las acciones, voluntad que deberá manifestarse por escritura pública, con una antelación de a lo menos seis meses al día del acaecimiento del plazo de termino, debiendo notificarse dicha decisión a los demás socios, cuando no hay Junta de Accionistas, a cada uno de ellos; o bien por decisión de la Junta de Accionistas, la que debe ser debidamente fundada, en alguna causal que disponga el reglamento que en el futuro tenga esta sociedad, sin la necesidad de representar más del cincuenta por ciento de las acciones. En este último caso debe notificarse a todos los demás

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de los siguientes giros y actividades, sin perjuicio de otros rubros que los socios puedan acordar en el futuro: Desarrollar las actividades vitivinícola, agrícola, ganadera, comercial y turística en los siguientes términos: La actividad vitivinícola, es decir la producción y cultivo de vides de las distintas variedades y la producción de vinos y de bebidas alcohólicas y similares. La actividad agrícola, comprendiendo todo cultivo de la tierra, expresado en productos agrícolas de todo tipo y variedad. La actividad ganadera, esto es la crianza y venta y compra de vacunos, ovinos, caprinos, cerdos, caballares entre otras especies. La actividad comercial, esto es la compra de uva y demás productos necesarios para la elaboración de los brebajes, como lo son fertilizantes y demás suministros de la misma naturaleza, que sean necesarios para el cultivo de los viñedos, ya sea en predio propio o ajeno, como también la compra de suministros, alimentos, fertilizantes y cualquier otro producto necesario para el desarrollo de las anteriores actividades, también la venta de vino y demás bebidas producidas, sea dentro del territorio de la República, como también fuera de ella o exportación de los mismos productos. La actividad turística, ya sea con el objeto de promoción de los productos vitivinícolas, el desarrollo de catas, rutas turísticas, instalación de restaurantes y en general toda actividad relacionada con el enoturismo, como también la implementación de proyectos independientes, además de poder desarrollar cualquier otra actividad que el o los socio(s) determine(n) en lo sucesivo y que estén relacionadas con los giros, negocios y actividades ya señalados; podrá finalmente esta sociedad, participar como socio de otras sociedades de cualquier naturaleza, en especial la de los anteriores actividades. Además la sociedad podrá realizar todos aquellos negocios o actividades lícitas que el socio fundador o los socios estimen de interés para ella en el futuro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público de la Tercera Notaria Publica de Chillán, con oficio en calle Arauco Nº 620, CERTIFICA: Por Escritura pública de fecha 21 de Febrero de 2019, Repertorio Nº979, ante mí, don GONZALO ALEJANDRO CHANDIA TOLOSA, con domicilio en la población Pedro Lagos pasaje C numero trescientos noventa y uno de la comuna y ciudad de Chillán, constituyo una Sociedad por Acciones.- RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad por acciones es “COMERCIAL RIVERAS DEL CHILLÁN SpA", pudiendo usar el nombre de fantasía “Riveras del Chillán SpA.”.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad Chillán, sin perjuicio de poder desarrollar su objeto en otros lugares del país o del extranjero, para lo cual podrá establecer las agencias, sucursales o representaciones que requiera.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo de los siguientes giros y actividades, sin perjuicio de otros rubros que los socios puedan acordar en el futuro: Desarrollar las actividades vitivinícola, agrícola, ganadera, comercial y turística en los siguientes términos: La actividad vitivinícola, es decir la producción y cultivo de vides de las distintas variedades y la producción de vinos y de bebidas alcohólicas y similares. La actividad agrícola, comprendiendo todo cultivo de la tierra, expresado en productos agrícolas de todo tipo y variedad. La actividad ganadera, esto es la crianza y venta y compra de vacunos, ovinos, caprinos, cerdos, caballares entre otras especies. La actividad comercial, esto es la compra de uva y demás productos necesarios para la elaboración de los brebajes, como lo son fertilizantes y demás suministros de la misma naturaleza, que sean necesarios para el cultivo de los viñedos, ya sea en predio propio o ajeno, como también la compra de suministros, alimentos, fertilizantes y cualquier otro producto necesario para el desarrollo de las anteriores actividades, también la venta de vino y demás bebidas producidas, sea dentro del territorio de la República, como también fuera de ella o exportación de los mismos productos. La actividad turística, ya sea con el objeto de promoción de los productos vitivinícolas, el desarrollo de catas, rutas turísticas, instalación de restaurantes y en general toda actividad relacionada con el enoturismo, como también la implementación de proyectos independientes, además de poder desarrollar cualquier otra actividad que el o los socio(s) determine(n) en lo sucesivo y que estén relacionadas con los giros, negocios y actividades ya señalados; podrá finalmente esta sociedad, participar como socio de otras sociedades de cualquier naturaleza, en especial la de los anteriores actividades. Además la sociedad podrá realizar todos aquellos negocios o actividades lícitas que el socio fundador o los socios estimen de interés para ella en el futuro.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos (1.000.000), dividido en cincuenta (50) acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas de igual valor pero sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma que señala el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, indicando en todo caso que el aporte es en dinero efectivo pagado en este acto. El valor de cada acción es de veinte mil pesos ($20.000). Don GONZALO ALEJANDRO CHANDIA TOLOSA, aporta en este acto, en dinero efectivo y de contado, la suma de un millón de pesos ($1.000.000), equivalente a cincuenta acciones. El aporte se encuentra totalmente enterado.- RESPONSABILIDAD SOCIOS: Los accionistas solo será responsables hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad.- DURACIÓN: La duración de la Sociedad será tres años (3), plazo que se renueva tácitamente, salvo oposición del o lo(s) socio(s), que hubiera en lo sucesivo y que representen más del cincuenta por ciento de las acciones, voluntad que deberá manifestarse por escritura pública, con una antelación de a lo menos seis meses al día del acaecimiento del plazo de termino, debiendo notificarse dicha decisión a los demás socios, cuando no hay Junta de Accionistas, a cada uno de ellos; o bien por decisión de la Junta de Accionistas, la que debe ser debidamente fundada, en alguna causal que disponga el reglamento que en el futuro tenga esta sociedad, sin la necesidad de representar más del cincuenta por ciento de las acciones. En este último caso debe notificarse a todos los demás socios. Si son dos los socios, solo podrá liquidarse la sociedad conforme a las normas que se indican en los estatutos sociales.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio don GONZALO ALEJANDRO CHANDIA TOLOSA.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Chillán, 21 de Febrero de 2019.-