RICARDO DURÁN Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2019
- Repertorio
- 636-2019
- Notario
- JAIME BERNALES VALENZUELA
- Oficio
- 2 Notaría Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 38564 del 13 de septiembre de 2006
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular 2 Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Que por escritura de fecha 07-02-2019 Repertorio N° 636-2019, ante FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente, RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS, chileno, trabajador, casado, C.I N° 6.177.589-7; RICARDO ANDRES DURAN MONARES, chileno, ingeniero civil industrial, casado, C.I y Rut N° 13.502.089-3; ALEX ANTONIO DURAN MONARES, chileno, ingeniero, soltero, C.I y Rut N° 15.123.022-9, y GABRIEL ALONSO DURAN MONARES, chileno, ingeniero, soltero, C.I y Rut N° 16.881.471-2, todos domiciliados en Población José Bello Oliva, Calle Manuel Rodríguez número 187, Comuna de Machalí, modifican sociedad de responsabilidad limitada “RICARDO DURAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, teniendo como nombre de fantasía el de RIO AZUL LTDA”, Rut Nº 76.658.830-1, capital inicial $3.000.000.- Constituida por escritura pública el 03-06- 2006, otorgada ante notario de Rancagua don Jaime Bernales Valenzuela, bajo repertorio 1909-2006, y saneada por escritura pública de fecha 01-09-2006 ante el mismo notario Jaime Bernales Valenzuela. Cuyo extracto de constitución de sociedad fue inscrito a fojas 236 N° 321 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2006, publicado en el Diario Oficial N° 38.493 de fecha 20 -06- 2006. El extracto de la escritura de saneamiento de sociedad fue inscrito a fojas 379 vuelta N° 525 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2006 y fue publicado en el Diario Oficial N° 38.564 de fecha 13-09-2006.- MODIFICACION CONSISTE: RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS, RICARDO ANDRES DURAN MONARES, ALEX ANTONIO DURAN MONARES, y GABRIEL ALONSO DURAN MONARES, son los únicos y exclusivos socios de la Sociedad denominada “RICARDO DURAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, y cuyo nombre de fantasía es “RIO AZUL LTDA”; RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS posee un 70% de los derechos sociales, RICARDO ANDRES DURAN MONARES posee un 10% de los derechos sociales, ALEX ANTONIO DURAN MONARES posee un 10% de los derechos sociales, y don GABRIEL ALONSO DURAN MONARES posee un 10% de los derechos sociales y todos vienen en modificar el pacto social. RICARDO ANDRES DURAN MONARES, vende, cede y transfiere a ALEX ANTONIO DURAN MONARES, el 50% de sus derechos sociales, que corresponden al 5% del total de los derechos de la sociedad, quien los compra y adquiere para sí, en la suma de $1.000.000.-, los que son pagados en este acto, en dinero efectivo y que el cedente declara recibir a su entera conformidad. Asimismo RICARDO ANDRES DURAN MONARES, vende, cede y transfiere a GABRIEL ALONSO DURAN MONARES, el 50% de sus derechos sociales, que corresponden al 5% del total de los derechos de la sociedad, quien los compra y adquiere para sí, en la suma de $1.000.000.-, los que son pagados en este acto, en dinero efectivo y que el cedente declara recibir a su entera conformidad. La sociedad, a partir de esta fecha, queda formada por RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS con un 70% de los derechos sociales, ALEX ANTONIO DURAN MONARES con un 15% de los derechos sociales, y GABRIEL ALONSO DURAN MONARES con un 15% de los derechos sociales. Las partes modifican la cláusula Tercera de la escritura de constitución de la sociedad, en el sentido que a partir de esta fecha la administración y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias atribuciones o facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos o negocios que digan relación con el objeto social o que sean necesarios o convenientes a sus fines, conforme a las facultades señaladas en la cláusula quinta de la referida modificación. En caso de fallecimiento de RICARDO ALFONSO DURAN ROJAS, la administración y uso de la razón social corresponderá a los socios ALEX ANTONIO DURAN y GABRIEL ALONSO DURAN MONARES, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada, y administrarán y representarán a la sociedad con las mismas facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 21 de Febrero de 2019.