Inversiones Safe Connect Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2019
- Notario
- Notario suplente de don GONZALO HURTADO MORALES
- Oficio
- Primera Notaría de Las Condes
- Comuna
- Las Condes
Objeto social
la Sociedad tiene por
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ERSIONES ROBERT OEHNINGER E.I.R.L. empresa individual de responsabilidad limitada | socio | 76228935-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLilia Sierra Mejía, Notario suplente de don GONZALO HURTADO MORALES, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo, número 4943, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 25 de febrero de 2019, otorgada, ante mí, ASESORIAS E INVERSIONES ROBERT OEHNINGER E.I.R.L. empresa individual de responsabilidad limitada, RUT N° 76.228.935-0, representada legalmente por ROBERT IGNACIO OEHNINGER NARANJO, chileno, soltero, ingeniero comercial, C.I.N° 16.095.286-5 ambos Apoquindo 5950 piso 19, Las Condes y BARBARA DANIA OEHNINGER NARANJO, chilena, soltera, biotecnóloga, C.I.N° número 17.699.237-9, Tristán Valdés 170, Maipú. Modificaron INVERSIONES SAFE CONNECT LIMITADA RUT 76.138.604-2, en el siguiente sentido: MODIFICACIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA SOCIEDAD.- se acordó reemplazar el artículo tercero de los estatutos sociales, quedando como sigue: “ARTÍCULO TERCERO: Objeto: la Sociedad tiene por objeto: a) La explotación del comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación o exportación, de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; b) La representación en Chile de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas mandantes chilenas; c) La explotación comercial del transporte terrestre de carga, nacional como internacional, tanto propia como ajena, por tierra, ríos, mar y aire de todo tipo de mercaderías. La administración, ya sea por cuenta propia o ajena de todas aquellas actividades que conlleve el rubro antes mencionado, comprendiendo entre otros y a título ejemplar, la movilización, almacenaje, bodegaje, custodia, el traslado y movimiento de todo tipo de carga terrestre. d) Asimismo podrá, invertir en todo tipo de bienes muebles o inmuebles y en especial de vehículos, sean éstos propios o ajenos, tales como camionetas, furgones, vans, sedan, minibuses, etc.- e)La utilización de recursos propios o de terceros en la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, valores mobiliarios y de derechos sociales, pudiendo para tal efecto, participar en la constitución o incorporarse a toda clase de sociedades, asimismo, podrá dar la cesión temporal a cualquier título los bienes que posea. f) La comercialización o distribución, en Chile o en el exterior, de toda clase de bienes de consumo o de capital, armaduría, ensamblaje o fabricación, g) Servicios de recursos humanos y facilitación de personal de todo tipo, en particular el estudio y ejecución de estrategias, asesorías y servicios en materias relativas a los recursos humanos y técnicos inherentes a la seguridad privada, servicios integrales de seguridad tanto en el área industrial como minera, h) La explotación, recupero, reconocimiento, prospección, e investigación, directa o por intermedio de terceros, de yacimientos mineros a fin de extraer, producir y procesar minerales, concentrados, ripios mineros y otros productos procedentes de sustancias minerales, pudiendo para estos efectos instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de minerales i) Comprar, vender, permutar, ceder, traspasar y/o enajenar, transportar, explotar y comercializar sustancias y productos minerales dentro o fuera de Chile, en bruto o procesados, y en general, celebrar, realizar y ejecutar todos los actos y contratos civiles, comerciales, mineros, industriales y metalúrgicos encaminados a los objetos señalados.” MODIFICACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL: se acordó ampliar el artículo primero de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “Que la sociedad podrá utilizar también el nombre de fantasía “Minera Cóndor Limitada”, “Grupo Cóndor Limitada”, “Cóndor Limitada”, “SC Limitada”, “SCNT Limitada”, “Grupo SCNT Limitada”, “Grupo Cóndor SC Limitada” y “Cóndor SC Limitada”. En lo no modificado se mantiene vigente estatuto social. Otras estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, Las Condes a 26 de febrero de 2019.