AGRÍCOLA LOS CUATRO DEL SUR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2019
- Notario
- María Virginia Wielandt Covarrubias
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Domicilio
- Río Negro
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar de la constitución, renovándose a su vencimiento por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, y anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal de bienes raíces propios o ajenos, y la realización de cualesquiera otras actividades conexas que los socios acuerden, pudiendo también formar parte de otras sociedades de cualquier tipo y
Administración
corresponderá, con amplias facultades, a un directorio compuesto por tres miembros, que adoptarán sus acuerdos por la mayoría absoluta de los miembros, y que sesionará al menos una vez por semestre. El Directorio estará integrado por: uno) Rodrigo Sánchez Claro; dos) Rodrigo Antonio Tobar González; y tres) Juan Eliseo Figueroa Araya
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Virginia Wielandt Covarrubias, Notario Público suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique 30, oficina 44, las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de enero de 2019, ante mí, AGRÍCOLA DOS MARÍAS SPA, domiciliada en Fundo Las Bandurrias sin número , de la localidad de los Lirios, Comuna de Requínoa; y Juan Eliseo Figueroa Araya, domiciliado en Fundo Linderos, comuna de Purranque constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley 3.918, cuyos estatutos se extractan: a) Nombre: “AGRÍCOLA LOS CUATRO DEL SUR LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “LOS CUATRO DEL SUR LTDA.” b) Objeto: la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal de bienes raíces propios o ajenos, y la realización de cualesquiera otras actividades conexas que los socios acuerden, pudiendo también formar parte de otras sociedades de cualquier tipo y objeto. c) Capital:$50.000.000, que los socios enteran y pagan de la siguiente manera y en las siguientes proporciones: Uno) Agrícola Dos Marías SpA, aporta $35.000.000, equivalentes al 70% del capital social, que enterará y pagará en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución; Dos) Juan Eliseo Figueroa Araya, aporta $15.000.000, equivalente al 30% del capital social, que enterará y pagará en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución. d) Domicilio: Río Negro, sin perjuicio de las agencias, sucursales, y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país o en el extranjero. e) Administración: corresponderá, con amplias facultades, a un directorio compuesto por tres miembros, que adoptarán sus acuerdos por la mayoría absoluta de los miembros, y que sesionará al menos una vez por semestre. El Directorio estará integrado por: uno) Rodrigo Sánchez Claro; dos) Rodrigo Antonio Tobar González; y tres) Juan Eliseo Figueroa Araya. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar de la constitución, renovándose a su vencimiento por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que uno cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, y anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2019. M. V.Wielandt C. Notario Suplente.