MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

GRUPO DE SERVICIOS INTEGRALES CHILE S.A

RUT 76952550-5 CVE 1553463
Fecha instrumento
14 de febrero de 2019

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2019
Repertorio
970/2019
Notario
Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Objeto social

“Tramitar ante el servicio de Registro Civil e Identificación solicitudes de prohibiciones, contratos de leasing, alzamientos de las mismas, solicitud de primeras inscripciones, transferencia de vehículos y cualquier otro tipo de registro asociado a esta clase de bienes. Asimismo, podrá realizar toda clase de actividades propias relacionadas al servicio de gestión de trámites automotriz, prestando servicios y asesoría a toda empresa del rubro automotriz o en definitiva dedicada a la venta, compra, arriendo de vehículos o que otorguen financiamiento para el arriendo o adquisición de vehículos”. En consecuencia, se reemplaza el artículo cuarto por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será prestar asesorías y servicios en materias de administración de empresas y cobranza de valores de cualquier índole, por cuenta propia o de terceros; comprar, vender, adquirir, ceder y transferir en cualquier forma en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, acciones, valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos públicos y, en general, toda clase de documentos negociables; formar e integrar toda clase de sociedades civiles o comerciales, incluso comunidades y asociaciones o cuentas en participación, adquirir derechos y acciones en dichas comunidades, asociaciones o sociedades, sean estas anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, pudiendo concurrir como gestora de estas últimas, y empresas individuales de responsabilidad limitada; la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces, sean propios o ajenos, además, la sociedad podrá desempeñar la prestación de asesorías y servicios en materias administrativas, laborales, previsionales, comerciales, financieras, industriales, cobranzas, elaboración de proyectos e informes, asimismo tramitar ante el servicio de Registro Civil e Identificación solicitudes de prohibiciones, contratos de leasing, alzamientos de las mismas, solicitud de primeras inscripciones, transferencia de vehículos y cualquier otro tipo de registro asociado a esta clase de bienes. Asimismo, podrá realizar toda clase de actividades propias relacionadas al servicio de gestión de trámites automotriz, prestando servicios y asesoría a toda empresa del rubro automotriz o en definitiva dedicada a la venta, compra, arriendo de vehículos o que otorguen financiamiento para el arriendo o adquisición de vehículos y en general, cualesquiera otras actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes al efecto.-”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA ANDREA MANRIQUEZ SPICTO, Abogado, Notario Suplente de don JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de Febrero de 2019, Repertorio N° 970/2019, otorgada ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “GRUPO DE SERVICIOS INTEGRALES CHILE S.A. o IBR CHILE S.A”, en la que se acordó establecer un objeto acorde a las nuevas actividades en la cual IBR está desarrollando con sus clientes, por lo tanto, y dicho lo anterior: a) Se propone agregar al giro de la sociedad, el siguiente objeto: “Tramitar ante el servicio de Registro Civil e Identificación solicitudes de prohibiciones, contratos de leasing, alzamientos de las mismas, solicitud de primeras inscripciones, transferencia de vehículos y cualquier otro tipo de registro asociado a esta clase de bienes. Asimismo, podrá realizar toda clase de actividades propias relacionadas al servicio de gestión de trámites automotriz, prestando servicios y asesoría a toda empresa del rubro automotriz o en definitiva dedicada a la venta, compra, arriendo de vehículos o que otorguen financiamiento para el arriendo o adquisición de vehículos”. En consecuencia, se reemplaza el artículo cuarto por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto de la sociedad será prestar asesorías y servicios en materias de administración de empresas y cobranza de valores de cualquier índole, por cuenta propia o de terceros; comprar, vender, adquirir, ceder y transferir en cualquier forma en toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, acciones, valores mobiliarios, títulos de crédito, efectos públicos y, en general, toda clase de documentos negociables; formar e integrar toda clase de sociedades civiles o comerciales, incluso comunidades y asociaciones o cuentas en participación, adquirir derechos y acciones en dichas comunidades, asociaciones o sociedades, sean estas anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, pudiendo concurrir como gestora de estas últimas, y empresas individuales de responsabilidad limitada; la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces, sean propios o ajenos, además, la sociedad podrá desempeñar la prestación de asesorías y servicios en materias administrativas, laborales, previsionales, comerciales, financieras, industriales, cobranzas, elaboración de proyectos e informes, asimismo tramitar ante el servicio de Registro Civil e Identificación solicitudes de prohibiciones, contratos de leasing, alzamientos de las mismas, solicitud de primeras inscripciones, transferencia de vehículos y cualquier otro tipo de registro asociado a esta clase de bienes. Asimismo, podrá realizar toda clase de actividades propias relacionadas al servicio de gestión de trámites automotriz, prestando servicios y asesoría a toda empresa del rubro automotriz o en definitiva dedicada a la venta, compra, arriendo de vehículos o que otorguen financiamiento para el arriendo o adquisición de vehículos y en general, cualesquiera otras actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes al efecto.-” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2019.