COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2019
- Repertorio
- 10378-2019
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $9.333.830 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA | socio | 76283252-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, segundo piso, comuna y ciudad Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2019, repertorio N°10.378-2019, ante mí: RODRIGO OMAR MAHANA GORAB, por sí y en representación de SOCIEDAD COMERCIAL SONIK LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N° 5.757, oficina 1.601, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA, RUT N° 76.283.252-6, inscrita a fojas 35.534, número 23.796 en el Registro de Comercio correspondiente al año 2013 y publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de mayo del mismo año (en adelante, la “Sociedad”), acordaron lo siguiente: (a) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $9.333.830, a la suma de $374.079.579, es decir, se aumenta en $364.745.749, acordándose al efecto que dicho aumento sería íntegramente suscrito y pagado por todos los socios en proporción a sus participaciones sociales, mediante la capitalización de las cuentas patrimoniales de reserva de revalorización de capital propio, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio conforme al balance de la Sociedad al 31 de diciembre de 2017; y (b) Como consecuencia del aumento de capital, los actuales y únicos socios acuerdan modificar y sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital actual de la Sociedad es la suma de trescientos setenta y cuatro millones setenta y nueve mil quinientos setenta y nueve pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la siguiente proporción: /a/ SOCIEDAD COMERCIAL SONIK LIMITADA ha suscrito y pagado la suma de trescientos sesenta y ocho millones seiscientos noventa y dos mil ochocientos treinta y nueve pesos, equivalentes al noventa y ocho coma cinco seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y /b/ el señor RODRIGO OMAR MAHANA GORAB ha suscrito y pagado la suma de cinco millones trescientos ochenta y seis mil setecientos cuarenta pesos, equivalentes al uno coma cuatro cuatro por ciento de los derechos sociales de la Sociedad.”- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de 2019.