CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ANIMACIONES Y EVENTOS FARANDULANDIA LIMITADA

CVE 1553452
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2019
Notario
Gloria Ortiz Carmona
Oficio
Vigésimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
“REAL FARANDULANDIA LIMITADA”
Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
5 años desde la fecha de escritura que se extracta, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con una anticipación no inferior a 6 meses anteriores al vencimiento del plazo de duración o prórroga respectiva

Objeto social

El objeto social es: a) La producción, desarrollo, organización, gestión y montaje de eventos en general, eventos corporativos, culturales, deportivos, recreativos y espectáculos públicos y)o privados, nacionales o internacionales, de cualquier especie, ya sean actividades de entretención y esparcimiento, gastronómicas, deportivas, ferias, shows, espectáculos, stand, conciertos, recitales masivos, conferencias, matrimonios, fiesta en general, promociones, lanzamientos de productos y marcas, seminarios, teatro, fiestas temáticas, centro de eventos, decoración de espacios y demás conexos. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la producción de eventos y espectáculos públicos. El arriendo y la explotación de lugares, espacios e instalaciones para realizar eventos y espectáculos públicos, centros de eventos y lugares abiertos. La producción y soporte técnico; El arriendo de mobiliario, utensilios, equipos audiovisuales, de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de todo tipo de eventos masivos y privados; b) La prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetería, coffee break, brunch, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, cafetería, planificación de eventos, bodas y otras celebraciones, ya sea en carritos de comida, food truck, a domicilio o en lugares establecidos; incluyendo la elaboración, preparación, fabricación, compra, venta, representación, comercialización, distribución, importación, exportación y envasado de toda clase de alimentos y bebestibles para llevar o servir, sean crudos o cocinados; como también el arriendo de maquinaria, materiales y utensilios de cocina y mobiliario para eventos; c) La instalación, explotación, administración, construcción, el tomar y dar en arrendamiento, representación de marcas, franquicias y concesiones, de establecimientos de comida en general, restaurante, restobar, locales de comida rápida, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y)o delivery; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; pudiendo comercializar, producir, elaborar, y procesar productos alimenticios, bebidas analcohólicas, bebidas alcohólicas, platos preparados, emparedados y todo tipo de alimentos en general; d) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; e) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías relacionadas con aseo industrial y general, pudiendo además realizar todo tipo de mantenciones, entre otros relacionados; y todo lo concerniente con la limpieza de edificios residenciales y no residenciales; f) La explotación, administración y representación, por cuenta propia o ajena de locales nocturnos, piano bar, discotecas, bares y sitios en general. Y, g) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Compañía de Jesús 1068, locales 391 y 395, Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada el hoy ante mí, don JAVIER ENRIQUE OBISPO CELMI, con domicilio en calle Cóndor 1107, departamento mil seiscientos nueve, Comuna de Santiago y doña HEILI ANANI HUARANGA AQUINO, con domicilio Alameda 5.307, departamento 439, comuna de Lo Prado, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada RAZÓN SOCIAL: “ANIMACIONES Y EVENTOS FARANDULANDIA LIMITADA”, nombre de fantasía: “REAL FARANDULANDIA LIMITADA”. OBJETO: El objeto social es: a) La producción, desarrollo, organización, gestión y montaje de eventos en general, eventos corporativos, culturales, deportivos, recreativos y espectáculos públicos y/o privados, nacionales o internacionales, de cualquier especie, ya sean actividades de entretención y esparcimiento, gastronómicas, deportivas, ferias, shows, espectáculos, stand, conciertos, recitales masivos, conferencias, matrimonios, fiesta en general, promociones, lanzamientos de productos y marcas, seminarios, teatro, fiestas temáticas, centro de eventos, decoración de espacios y demás conexos. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en la producción de eventos y espectáculos públicos. El arriendo y la explotación de lugares, espacios e instalaciones para realizar eventos y espectáculos públicos, centros de eventos y lugares abiertos. La producción y soporte técnico; El arriendo de mobiliario, utensilios, equipos audiovisuales, de sonido, iluminación, amplificación y grabación de imágenes para el desarrollo de todo tipo de eventos masivos y privados; b) La prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetería, coffee break, brunch, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, cafetería, planificación de eventos, bodas y otras celebraciones, ya sea en carritos de comida, food truck, a domicilio o en lugares establecidos; incluyendo la elaboración, preparación, fabricación, compra, venta, representación, comercialización, distribución, importación, exportación y envasado de toda clase de alimentos y bebestibles para llevar o servir, sean crudos o cocinados; como también el arriendo de maquinaria, materiales y utensilios de cocina y mobiliario para eventos; c) La instalación, explotación, administración, construcción, el tomar y dar en arrendamiento, representación de marcas, franquicias y concesiones, de establecimientos de comida en general, restaurante, restobar, locales de comida rápida, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y/o delivery; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; pudiendo comercializar, producir, elaborar, y procesar productos alimenticios, bebidas analcohólicas, bebidas alcohólicas, platos preparados, emparedados y todo tipo de alimentos en general; d) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; e) La prestación de toda clase de servicios, asesorías y consultorías relacionadas con aseo industrial y general, pudiendo además realizar todo tipo de mantenciones, entre otros relacionados; y todo lo concerniente con la limpieza de edificios residenciales y no residenciales; f) La explotación, administración y representación, por cuenta propia o ajena de locales nocturnos, piano bar, discotecas, bares y sitios en general. Y, g) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores y cualquier otro negocio que acordaren los socios. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL Y NOMBRE DE FANTASÍA: Corresponderá ambos socios, quienes actuando de forma conjunta, separada e indistinta por la sociedad y anteponiendo a la razón social sus firmas, la representarán con amplias facultades. CAPITAL: Será la suma de $2.000.000, que se aportan por los socios de la siguiente manera: a) Socio don JAVIER ENRIQUE OBISPO CELMI, aporta la suma de $1.000.000, quien los entera en este acto a la caja social, de contado y en dinero en efectivo y que equivalen al 50% del capital social de la empresa; y b) Socia doña HEILI ANANI HUARANGA AQUINO, aporta la suma de $1.000.000, quien los entera en este acto a la caja social, de contado y en dinero en efectivo y que equivalen al 50% del capital social de la empresa. DURACIÓN: 5 años desde la fecha de escritura que se extracta, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales de 5 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario, mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con una anticipación no inferior a 6 meses anteriores al vencimiento del plazo de duración o prórroga respectiva. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2019.