CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOLA SpA

CVE 1552932
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2019
Repertorio
2482-2019
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
el domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

es indefinida. Artículo Cuarto: El objeto de la Sociedad será todo tipo de actividades comerciales, representaciones, distribución, asistencia técnica y asesorías en todo tipo de tecnologías de la información y, en general, toda clase de actividad o negocios que los accionistas acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 14 de febrero de 2019, repertorio N° 2.482-2019, ante mí, EDUARDO FABIÁN CASTILLO HERMOSILLA, con domicilio en calle Flor de Azucena 111 oficina 501, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones que extracto a continuación: Razón Social es “SOLA SpA” Objeto: es indefinida. Artículo Cuarto: El objeto de la Sociedad será todo tipo de actividades comerciales, representaciones, distribución, asistencia técnica y asesorías en todo tipo de tecnologías de la información y, en general, toda clase de actividad o negocios que los accionistas acuerden.- Domicilio Social: el domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro del país o en el extranjero.- Duración: indefinida.- Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de un $1.000.000.- dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente en este acto, de contado y en dinero efectivo de la siguiente forma: don EDUARDO FABIÁN CASTILLO HERMOSILLA suscribe y paga en este acto 1.000 acciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2019.-