CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Ranco SpA

CVE 1552848
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de enero de 2019
Notaría
Santiago de don EDUARDO AVELLO CONCHA

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2019
Notario
MARGARITA MORENO ZAMORANO
Oficio
Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de don EDUARDO AVELLO CONCHA
Comuna
Santiago de don EDUARDO AVELLO CONCHA

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARGARITA MORENO ZAMORANO, abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de don EDUARDO AVELLO CONCHA, Orrego Luco 0153, Comuna Providencia, certifico por escritura pública de 28 de Enero de 2019, ante el titular, INVERSIONES SANTA BÁRBARA LIMITADA, INVERSIONES DDH LIMITADA, ambos domiciliados en Panamericana Norte 5325, Conchalí, Región Metropolitana, INVERSIONES FR LIMITADA, domiciliada en Av. Fresia 1921, comuna de Renca, Santiago, INVERSIONES TOMAS SWETT LIMITADA, domiciliada en calle El Alamein 9122, Las Condes, Santiago, e INVERSIONES CORMORÁN LIMITADA, domiciliada en Cerro Pan de Azúcar 10434, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad por acciones denominada “Inversiones Ranco SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes inmuebles, en el país o en el extranjero, incluyendo, entre otras actividades, la compra, venta, arriendo, permuta, intermediación, corretaje, mantenimiento, remodelación, avalúo, loteo, administración, reparación, parcelación, uso y usufructo de inmuebles, así como la construcción, explotación, operación, arrendamiento, de inmuebles por adherencia, tales como casas, edificios de departamentos u oficinas, malls, strip centers, centros comerciales, edificios de estacionamientos, establecimientos turísticos, hoteles, restaurantes, u otros, estando facultada para establecer cualquier tipo de gravamen sobre los mismos; b) el desarrollo de proyectos inmobiliarios, su venta, arrendamiento, administración, y la construcción de obras civiles; y c) la formación y participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la inversión en toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, efectos de comercio u otros títulos de deuda o capital, emitidos por sociedades que se encuentren legalmente constituidas en Chile, o mediante la entrega de préstamos a dichas sociedades, y la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas. Capital: El capital social, que asciende a $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una serie, sin valor nominal, se suscribe, entera y paga, de la siguiente forma: a) El accionista Inversiones Santa Bárbara Limitada suscribe 300 acciones, correspondientes al 30% del capital social, lo que equivale a la suma de $300.000, que paga íntegramente en el acto de constitución; b) El accionista Inversiones DDH Limitada suscribe 300 acciones, correspondientes al 30% del capital social, lo que equivale a la suma de $300.000, que paga íntegramente en el acto de constitución; c) El accionista Inversiones FR Limitada suscribe 134 acciones, correspondientes al 13,4% por ciento del capital social, lo que equivale a la suma de $134.000, que paga íntegramente en el acto de constitución; d) El accionista Inversiones Tomas Swett Limitada suscribe 133 acciones, correspondientes al 13,3% por ciento del capital social, lo que equivale a la suma de $133.000, que paga íntegramente en el acto de constitución; y e) El accionista Inversiones Cormorán Limitada suscribe 133 acciones, correspondientes al 13,3% del capital social, lo que equivale a la suma de $133.000, que paga íntegramente en el acto de constitución. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de Febrero de 2019.