MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE SERVICIOS E INVERSIONES SERGEN LIMITADA

CVE 1551459
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de febrero de 2019
Notaría
Antofagasta doña XIMENA GARRIDO GRANADA
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2019
Notario
ALEX CONTRERAS ARDILES
Oficio
Interino de la Sexta Notaría de Antofagasta doña XIMENA GARRIDO GRANADA
Comuna
Antofagasta doña XIMENA GARRIDO GRANADA

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEX CONTRERAS ARDILES, chileno, abogado, Notario Público Suplente de la Interino de la Sexta Notaría de Antofagasta doña XIMENA GARRIDO GRANADA, chilena, abogada, con domicilio Prat Nº 482, local 25 - Antofagasta, certifica: Escritura hoy ante mí: don PABLO ANDRES MONDACA CARO, chileno, casado bajo el régimen de separación parcialmente de bienes , Ingeniero de Ejecución en Administración de Empresas, cédula de identidad número trece millones doscientos veintiséis mil novecientos cuarenta y siete guion cinco, domiciliado en esta ciudad, en calle El Oro número ocho mil doscientos setenta y cinco, Departamento número quinientos diez, Edificio Doña Cristina, Condominio Señora Leonora Latorre; don EDUARDO ERNESTO MONDACA CARO, chileno, casado, administrador, cédula de identidad número doce millones quinientos cinco mil ochocientos veintisiete guion dos, domiciliado en esta ciudad, en calle El Oro número ocho mil doscientos setenta y cinco, Departamento número quinientos diez, Edificio Doña Cristina, Condominio Señora Leonora Latorre, modificaron sociedad de responsabilidad limitada, denominada “SOCIEDAD DE SERVICIOS E INVERSIONES SERGEN LIMITADA”, nombre fantasía “SERGEN LTDA.”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trece mil ochocientos sesenta y ocho guión uno, constituida originalmente como una empresa individual de responsabilidad limitada, por escritura pública el 29 -11 -2017, ante don Marcelo Gamboa González, Notario Público y Conservador de Minas de Antofagasta Suplente del Titular Julio Abasolo Aravena, cuyo extracto se inscribió a fojas mil doscientos noventa y siete vuelta, bajo el número mil ochenta y nueve, del año dos mil siete, del Registro de Comercio de Antofagasta, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, bajo el número treinta y ocho mil novecientos treinta y dos, de fecha diez de Diciembre del año dos mil siete; modificada y transformada por escritura pública de fecha 15–05-2014, ante don Julio Alejandro Abasolo Aravena, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la Segunda Notaría de Antofagasta, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo extracto rola inscrito a fojas mil ciento ochenta y uno bajo el número setecientos setenta y ocho, del año dos mil catorce y publicada en el Diario Oficial de Chile, en su edición número cuarenta mil ochocientos sesenta, de fecha diecinueve de Mayo de dos mil catorce.- Los comparecientes modifican pacto social constitutivo, en los siguientes términos: Se retira de la sociedad el Socio don EDUARDO ERNESTO MONDACA CARO, dueño del DIEZ POR CIENTO de los derechos sociales, quien vende, cede y transfiere la totalidad de dichos derechos y acciones que posee en la Sociedad a don PABLO ANDRES MONDACA CARO, quien compra, y acepta para sí, a entera satisfacción dichos derechos sociales. El precio de la cesión y venta es la suma total de siete millones treinta y seis mil ochocientos ochenta y ocho pesos, que el vendedor y cedente declara recibir en este mismo acto, en dinero efectivo a su entera conformidad, dándose por pagado el precio en su totalidad, otorgando la cancelación correspondiente.- Conforme a la cesión de derechos referida don PABLO ANDRES MONDACA CARO, queda con el CIEN por ciento de los derechos y acciones; tomando como único socio la decisión de transformar la sociedad comercial de responsabilidad SOCIEDAD DE SERVICIOS E INVERSIONES SERGEN LIMITADA”, en una sociedad por acciones, que se regirá por lo dispuesto en la Ley número veinte mil ciento noventa, artículos cuatrocientos veinticuatro al cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio y especialmente por los siguientes estatutos:: ESTATUTOS SOCIALES.- RAZON SOCIAL: será será “SOCIEDAD DE SERVICIOS E INVERSIONES SERGEN SpA.”, sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive con los Bancos y otras instituciones con los nombres de fantasía "SERGEN SpA.". OBJETO SERA: a) La realización y prestación de servicios profesionales en todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, técnico y administrativo, auditorias operativas y de gestión; efectuar selección de personal para terceros; b) El transporte terrestre nacional o internacional de toda clase de cargas, mercaderías, sustancias e insumos y demás elementos lícitos, propios o ajenos, en camiones, remolques, semi-remolques, camas bajas y demás vehículos de transporte, propios o de terceros; c) La compra, venta, arrendamiento y leasing, de todo tipo de vehículos y maquinarias motorizados, de cualquier naturaleza, prestar servicios por medio de estos y la precepción de sus frutos, y, d) el desarrollo y explotación de toda clase de actividades o negocios y la percepción de sus frutos, sin limitación alguna, en el giro financiero, industrial y comercial, como pub, fuente de soda y restaurantes; e) la inversión de capitales en toda clase de bienes, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades o empresas, comerciales o civiles, adquirir; y, en general, la realización de cualquier otra actividad que los socios determinen necesarios para el cabal cumplimiento del objeto social.- DURACION: Indefinida. CAPITAL: $5.000.000, divididos en 100 acciones, don PABLO ANDRES MONDACA CARO, suscribe en este acto CIEN acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, representativas del CIEN por ciento del capital social, por un valor total de suscripción de $5.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo, el que ingresa a caja social. En consecuencia, el capital accionario de la compañía queda íntegramente suscrito y pagado según se expresa en este artículo. Se nombra como administrador y Gerente de la sociedad: La administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PABLO ANDRES MONDACA CARO, quien contará con todas facultadas señaladas en el Artículo Quinto de la escritura social extractada, quién podrán delegar la facultad de administrar total o parcialmente en uno o más mandatarios o en un gerente general. Se establece en este acto, que por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social. Otras estipulaciones escritura. ANTOFAGASTA, 19/02/2019.