CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PHOENIXLOG PACKAGING&LOGISTIC SERVICES SpA

CVE 1551975
Fecha instrumento
15 de febrero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de febrero de 2019
Repertorio
5129-2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La distribución y)o representación de firmas nacionales o extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; b) la importación y exportación de todo tipo de productos, exportación de servicios al extranjero, la compra o venta de materiales de embalajes, servicios de transitario o agenciamiento de cargas de importaciones o exportaciones en el país y en el extranjero, como también realizar inversiones en todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, o derechos en ellos, acciones bonos u otros instrumentos de crédito o financiero, la compraventa, arrendamiento y explotación en general por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces y en general desarrollar todo tipo de actividad sea comercial o de prestación de servicios que los socios acuerden, en relación o no con los giros anteriormente descritos. Así mismo podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro se encuentren relacionadas con los objetos señalados. Para el cumplimento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores

Administración

La sociedad será administrada por un Gerente General designado en estos estatutos, cuya individualización es: HÉCTOR MARCELO DÍAZ MORALES, Rut Ocho millones cuatrocientos dos mil trescientos treinta y ocho guion ocho. El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la Junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, Notario Titular de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, HÉCTOR MARCELO DÍAZ MORALES, constituyó la Sociedad por Acciones. Nombre: PHOENIXLOG PACKAGING&LOGISTIC SERVICES SpA, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía sólo PHOENIXLOG SpA. Objeto:a) La distribución y/o representación de firmas nacionales o extranjeras, como cualquier otra comisión o mandato mercantil; b) la importación y exportación de todo tipo de productos, exportación de servicios al extranjero, la compra o venta de materiales de embalajes, servicios de transitario o agenciamiento de cargas de importaciones o exportaciones en el país y en el extranjero, como también realizar inversiones en todo tipo de bienes, sean muebles o inmuebles, o derechos en ellos, acciones bonos u otros instrumentos de crédito o financiero, la compraventa, arrendamiento y explotación en general por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de bienes raíces y en general desarrollar todo tipo de actividad sea comercial o de prestación de servicios que los socios acuerden, en relación o no con los giros anteriormente descritos. Así mismo podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro se encuentren relacionadas con los objetos señalados. Para el cumplimento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, pudiendo ser socia o accionista de otras sociedades y realizar toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Administración: La sociedad será administrada por un Gerente General designado en estos estatutos, cuya individualización es: HÉCTOR MARCELO DÍAZ MORALES, Rut Ocho millones cuatrocientos dos mil trescientos treinta y ocho guion ocho. El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la Junta de Accionistas. El Gerente General podrá delegar por escritura pública parte de las facultades de administración de la Sociedad en terceros, y asimismo, podrá delegar poderes para objetos determinados especialmente. El Gerente General de la sociedad, estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio, y en especial, de las que se señalan en la escritura social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida, a contar de la fecha de la presente escritura. Capital Sociedad: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, divididos en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 15 de Febrero del año 2019. Repertorio Nº 5129.-2019.