DURÁN VERGARA Y CÍA. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2019
- Repertorio
- 120/2019
- Notario
- JAIME TRUJILLO ESPINOZA
- Domicilio
- y Conservador de Minas de Talcahuano
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
Administración
en virtud de este instrumento, los socios acuerdan dejar sin efecto la cláusula treinta y cinco del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida ahora exclusivamente, por don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH, quien podrá actuar por la sociedad personalmente o por medio de mandatario, debiendo en este caso efectuar la delegación por escritura pública, expresando en forma taxativa las facultades que se le confieren. En el ejercicio de la administración, representación y uso de la razón social, el socio administrador contara con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social, las que se dan íntegramente por reproducidas.- Los socios, acuerdan que su responsabilidad por las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME TRUJILLO ESPINOZA, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, SUPLENTE de Titular GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16 de Enero de 2.019, otorgada ante el Suplente de este oficio Luis Armando Carrillo Caro, anotada bajo el Repertorio N° 120 / 2019, comparecieron: don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH; doña ANYOLA ELIZABETH VERGARA PEDREROS; y doña LESLIE STEPHANIE ELIZABETH DURÁN VERGARA, todos con domicilio en calle Jilgueros número 8125, Parque Central, comuna de Hualpén, modifican sociedad “DURÁN VERGARA Y CÍA LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSTRUCTORA MIRAMAR LIMITADA". Rut: 76.813.508-8. Inscrita a fojas 2536, número 2010, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2017, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de noviembre de 2017.- El capital de la sociedad es de $15.000.000.- Siguientes sentidos: Administración, representación y uso de la razón social: en virtud de este instrumento, los socios acuerdan dejar sin efecto la cláusula treinta y cinco del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida ahora exclusivamente, por don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH, quien podrá actuar por la sociedad personalmente o por medio de mandatario, debiendo en este caso efectuar la delegación por escritura pública, expresando en forma taxativa las facultades que se le confieren. En el ejercicio de la administración, representación y uso de la razón social, el socio administrador contara con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social, las que se dan íntegramente por reproducidas.- Los socios, acuerdan que su responsabilidad por las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social constitutivo.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 21 de Febrero de 2019.