MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA NARANJO SpA

RUT 76497837-4 CVE 1552146
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019
Notaría
Pública

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Notario
José Gabriel Araya Maggi
Oficio
Novena Notaria Pública de Santiago
Comuna
Pública

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

José Gabriel Araya Maggi, Abogado, Notario Público, Suplente de Novena Notaria Pública de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entre piso, comuna y ciudad de Santiago, certifico que con fecha 13 de febrero de 2019, ante mí, Don MOISÉS ALFONSO NARANJO RIQUELME, chileno, casado y separado de bienes, empresario, domiciliado en Seminario 7, oficina 202, Providencia y TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA, chileno, casado y separado de bienes, contador general, domiciliado en Carrera 162, depto. 32, Santiago, modifican sociedad por acciones denominada “CONSTRUCTORA NARANJO SpA”, RUT 76.497.837-4, constituida el 03 de noviembre de 2015, otorgada en ésta Notaría, cuyo extracto se inscribió a fojas 87.034, No. 50899 del Registro de Comercio de Santiago del año 2015, y publicada en el NARANJO RIQUELME, vende, cede y transfiere a TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA, quien compra, adquiere y acepta para sí, la totalidad de las acciones de las que es dueño en la sociedad, esto es 500, en la suma de $5.000.000, al contado a entera satisfacción de la cedente. En virtud de que se ha reunido en manos de una sola persona la totalidad de los derechos, acciones y participación en el capital de la sociedad, don TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA, ha decidido modificar los estatutos de la sociedad, en la siguiente forma: a) En su artículo quinto, en el sentido de que a contar de ésta fecha, el actual socio, viene en aumentar el capital social de $5.000.000 a $10.000.000, incrementando así también la cantidad de acciones, pasando de 500 a 1000 acciones. El capital social establecido en el artículo quinto se suscribe en la siguiente forma, pagando don TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA, ya individualizado, en este acto, la suma de $10.000.000 equivalentes a 1000 acciones que se suscriben y pagan en este acto, al contado ya ingresado en la caja social; y b) Se modifica el artículo relativo A LA ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, en el sentido de que a contar de ésta fecha la administración será de cargo de don TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA. De acuerdo a lo anterior la cláusula queda como sigue: “Artículo Octavo: La administración de la sociedad Corresponderá a don TOMAS ANTONIO GACITÚA MACAYA, tendrá también el carácter de Gerente General. En lo no modificado, se mantienen inalteradas y vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Certificación: El Notario que autoriza certifica que MOISÉS ALFONSO NARANJO RIQUELME, es el único accionistas, según consta de libro de accionistas, correspondiente a la CONSTRUCTORA NARANJO SpA, que me presentó el interesado, el que he tenido a la vista.