TRANSPORTES TATAITRAVEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2019
- Notario
- LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
- Oficio
- Tercera Notaría de San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- N. fantasía
- TATAITRAVEL LIMITADA. El objeto de la sociedad será: a) transporte terrestre de pasajeros, urbano, interurbano, interprovincial, interregional, de aeropuertos y aeródromos, en vehículos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena. b) la administración o explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios. c) La compra, venta, leasing, arrendamiento o subarrendamiento con o sin opción de compra, operaciones de financiamiento, permuta, consignación y concesión, reparación e importación, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena de toda clase de automóviles, taxis, buses, minibuses, carrocerías, maquinarias, vehículos motorizados en general, nuevos y usados, sus accesorios, piezas, repuestos, lubricantes y productos sustitutos análogos. d) el transporte o flete terrestre de pasajeros y carga en cualquiera de sus formas. e) servicio de transporte a turistas y otros tipos de transporte no regular de pasajeros. f) la compraventa de toda clase de bienes muebles. g) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta y la compraventa de bienes muebles. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título, bienes muebles, vehículos y maquinarias, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad, así como adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos, leasings y otros. h) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad que guarde relación directa o indirecta con las antes citadas y cualquier otra que los socios de consuno acuerden. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don ALFONSO ENRIQUE EDUARDO CÁDIZ ADASME y a doña MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ, actuando individualmente uno cualquiera de ellos
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde esta fecha, y se entenderá renovada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de febrero de 2019, ante mí: ALFONSO ENRIQUE EDUARDO CÁDIZ ADASME, chileno, ingeniero civil electrónico, casado y separado totalmente de bienes, C.I.N°9.220.787-0, y MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ, chilena, psicóloga, casada y separada totalmente de bienes, C.I.N°11.269.089-1, ambos domiciliados estos efectos en calle Pérez Valenzuela N°1.635, piso 7, comuna de Providencia, Santiago, y de paso en esta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: TRANSPORTES TATAITRAVEL LIMITADA. Nombre de fantasía: TATAITRAVEL LIMITADA. El objeto de la sociedad será: a) transporte terrestre de pasajeros, urbano, interurbano, interprovincial, interregional, de aeropuertos y aeródromos, en vehículos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena. b) la administración o explotación, a cualquier título, de vehículos de transporte de pasajeros y la representación de personas naturales o jurídicas que presten estos servicios. c) La compra, venta, leasing, arrendamiento o subarrendamiento con o sin opción de compra, operaciones de financiamiento, permuta, consignación y concesión, reparación e importación, exportación, representación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena de toda clase de automóviles, taxis, buses, minibuses, carrocerías, maquinarias, vehículos motorizados en general, nuevos y usados, sus accesorios, piezas, repuestos, lubricantes y productos sustitutos análogos. d) el transporte o flete terrestre de pasajeros y carga en cualquiera de sus formas. e) servicio de transporte a turistas y otros tipos de transporte no regular de pasajeros. f) la compraventa de toda clase de bienes muebles. g) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta y la compraventa de bienes muebles. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título, bienes muebles, vehículos y maquinarias, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad, así como adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos, leasings y otros. h) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad que guarde relación directa o indirecta con las antes citadas y cualquier otra que los socios de consuno acuerden. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a don ALFONSO ENRIQUE EDUARDO CÁDIZ ADASME y a doña MARÍA SOLEDAD FUENZALIDA DÍAZ, actuando individualmente uno cualquiera de ellos. Capital social: $1.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: a) Alfonso Enrique Eduardo Cádiz Adasme, aporta la suma de $600.000, en dinero efectivo, equivalentes a un 60% del haber social, los que entera en este acto y en dinero efectivo, ingresados a caja social; y, b) María Soledad Fuenzalida Díaz, aporta la suma de $400.000, en dinero efectivo, equivalentes a un 40% del haber social, los que entera en este acto y en dinero efectivo, ingresados a caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad tendrá una duración de 5 años, contados desde esta fecha, y se entenderá renovada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, sucursales o agencias que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 19 de febrero de 2019.