Editorial Jurídica Acevedo y Reimers Limitada
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2019
- Notario
- José Gabriel Araya Maggi
- Oficio
- Titular de la Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJosé Gabriel Araya Maggi, Notario Público, Suplente del Titular de la Novena Notaría de Santiago, Pablo A. González Caamaño, Teatinos 333 e/p certifica: Por escritura de fecha 06/02/2019, ante mí, señores Inguer Rosa Reimers Manríquez; Erik Angelo Acevedo Reimers; Miguel Angel Acevedo Reimers, todos domiciliados para estos efectos en Paseo Huérfanos 1373, local 27, comuna de Santiago, y Milton Alvaro Pérez Opazo y Eva Edelmira Barrios Vargas, ambos domiciliados en calle San Antonio 418, oficina 1002, comuna de Santiago, modificaron sociedad “Editorial Jurídica Acevedo y Reimers Limitada”, nombre fantasía “Aremi Ediciones Limitada” (Rut: 78.985.950-7; capital estatutario: $4.500.000.-), inscrita fs. 11.869 Nº 9.453 del Registro de Comercio de Santiago del año 1997, siguiente forma: a) Inguer Rosa Reimers Manríquez y Erik Angelo Acevedo Reimers, ceden y transfieren totalidad de derechos sociales, ascendentes a un tercio cada uno de ellos, del capital social a Alvaro Milton Pérez Opazo. Precio cesión: $7.500.000.-, pagando a cada uno de los cesionarios $3.750.000.-, al contado; b) Miguel Angel Acevedo Reimers, cede y transfiere totalidad de derechos sociales, ascendente a un tercio del capital social a Eva Edelmira Barrios Vargas. Precio cesión: $3.500.000.-, pagado al contado. Como consecuencia de cesiones, quedan como actuales y únicos socios: Milton Alvaro Pérez Opazo, titular de dos tercios del capital social y Eva Edelmira Barrios Vargas, titular de un tercio de derechos sociales. Actuales socios modifican sociedad en siguientes términos: a) Modifican cláusula tercera del pacto social, en sentido que la razón social de la sociedad será “Aremi Ediciones Limitada” y sustituyen nombre de fantasía por “Aremi Ltda.”; b) Modifican cláusula Cuarta, en sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don Milton Alvaro Pérez Opazo, con facultades señaladas en escritura. Demás estipulaciones escritura extractada.-