MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVESTIGACIONES MINERAS Y GEOLÓGICAS LIMITADA

RUT 78110220-2 CVE 1549985
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
23° Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 23° Notaría Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 979, oficina 501, Comuna de Santiago, certifica que por escritura pública otorgada con fecha 13 de febrero de 2019, ante mí, don Manuel Alberto Reyes Serani, doña Mérila del Carmen Ibacache Mayorga, doña Mirtha del Carmen Ibacache Mayorga, doña Carola Andrea Reyes Ibacache, y don Felipe Alberto Reyes Ibacache, todos domiciliados para estos efectos en Santiago, Guardia Vieja 255 Oficina 1605, Comuna de Providencia; modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada INVESTIGACIONES MINERAS Y GEOLÓGICAS LIMITADA, inscrita a fojas 16.611 Número 8.301 en el Registro de Comercio del año 1991 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: Se modificó la cláusula “SEGUNDO” del pacto social de la misma, que se refiere al objeto social, sustituyendo al efecto su texto por el siguiente: “SEGUNDO: El Objeto de la sociedad será: a) la prestación de toda clase de servicios relacionados con la minería y con recursos naturales, y en especial servicios geológicos, exploraciones, control de sondajes y de operaciones, muestreo y organización de muestras, mapeo, evaluación, bases de datos, mediciones, análisis, consultoría, apoyo logístico, auditoría y control de calidad, capacitación, prevención y cualquier otro servicio relacionado; b) La comercialización, compraventa, arrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes muebles o inmuebles, vehículos, equipos, herramientas, programas computacionales y otros relacionados, en especial con la actividad minera y de recursos naturales; y c) La prestación de servicios de inspección y fiscalización ambiental, incluyendo muestreo, medición, análisis y verificación de toda clase de elementos y cualquier otro servicio relacionado.” Demás materias no objeto de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2019.