INVERSIONES COSTA NUEVA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 18923-2018
- Notario
- IVAN TORREAL ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SYLVIA GALLARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 78274530-1 | — | — | |
| WALTER IVENS Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 78274350-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREAL ACEVEDO, Notario Público Titular 33 Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2018, ante mí, don JOSÉ LUIS RIESCO PÉREZ, cédula de identidad N° 12.584.637-8, domiciliado en Alfredo Barros Errázuriz N° 1953, piso 11, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, en representación de Carlos Enrique Ivens Hartog, quien a su vez representa a la sociedad SYLVIA GALLARDO Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 78.274.530-1 y don Walter Ivens Hartog, quien a su vez representa a la sociedad WALTER IVENS Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 78.274.350-3, Rol Único Tributario número setenta y ocho millones doscientos setenta y cuatro mil trescientos cincuenta guion tres, en la sociedad INVERSIONES COSTA NUEVA LIMITADA, cuya constitución fue inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fs. 75.447, N°49.717, año 2013, saneó escritura pública defecha 30/10/2018, otorgada ante el Notario Público Iván Torrealba Acevedo, Repertorio N° 18.923-2018, y lo relativo a la sociedad naciente producto de la división, la sociedad “INMOBILIARIA COSTA NORTE LIMITADA”, contenidos en la misma escritura antes señalada, en los sentidos que se indican a continuación: Uno)saneala falta de inscripción y publicación según plazo establecido por la ley, de un extracto de la escritura pública de fecha 30/10/2018, otorgada ante el Notario Público Iván Torrealba Acevedo, Repertorio N° 18.923-2018, el cual contiene la división de la sociedad Inversiones Costa Nueva Limitada y a la constitución de la sociedad Inmobiliaria Costa Norte Limitada.Dos)sanea parte del contenido del artículo Tercero de la referida escritura pública, relativo a la división de la sociedad continuadora, esta es, Inversiones Costa Nueva Limitada, quedando de la siguiente manera: ““TERCERO.DIVISION.-… La mencionada división se efectúa considerando el capital total de la sociedad "Inversiones Costa Nueva Limitada" al día treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, ascendente a la cantidad de un millón de pesos, del cual se asigna como resultado de la división societaria, la suma de novecientos noventa y cinco mil ciento setenta y dos pesos, a la sociedad "Inversiones Costa Nueva Limitada" y la suma de cuatro mil ochocientos veintiocho pesos, a la naciente sociedad "Inmobiliaria Costa Norte Limitada", disminuyéndose en consecuencia en forma equivalente, el capital social de la continuadora, antes mencionada sociedad “Inversiones Costa Nueva Limitada” en la misma suma resultante, del capital que conforma la referida cuenta patrimonial, de la naciente sociedad “Inmobiliaria Costa Norte Limitada” esto es, la suma de cuatro mil ochocientos veintiocho pesos. De igual forma, y en lo que respecta a las demás cuentas patrimoniales de la escindida sociedad, se establece un criterio de distribución proporcional del patrimonio total de la sociedad "Inversiones Costa Nueva Limitada" a ciento tres millones cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y siete pesos.-…”.Tres) Sanea el artículo Cuarto de la respectiva escritura pública,relativo a la sociedad objeto de la división, quedando en definitiva, como se indica a continuación: “CUARTO. MODIFICACIONES A SOCIEDAD PRIMITIVA.- Las modificaciones que por efecto de la división acordada en la cláusula precedente, sufre la primitiva sociedad "Inversiones Costa Nueva Limitada" son las siguientes: Uno) Capital.- El capital de dicha sociedad ascendente a la cantidad de un millón de pesos.- conforme al balance mencionado en la cláusula tercera precedente, se disminuye, por causa de la división, en cuatro mil ochocientos veintiocho pesos.-, quedando en consecuencia el capital reducido a la suma de novecientos noventa y cinco mil ciento setenta y dos pesos.- Corresponden a dicha sociedad, los activos y pasivos que se indican en el anexo del Balance mencionado en la cláusula precedente. Este capital, que los socios han suscrito y pagado íntegramente, queda dividido entre los socios de la siguiente manera: a) La sociedad Sylvia Gallardo y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de cuatrocientos noventa y siete mil quinientos ochenta y seis pesos.-, y, b) La sociedad Walter Ivens y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de cuatrocientos noventa y siete mil quinientos ochenta y seis pesos.-.Cuatro)modifica la cláusula quinta de los estatutos sociales, de la sociedad continuadora "Inversiones Costa Nueva Limitada", la que sustituyen por la siguiente:“QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de novecientos noventa y cinco mil ciento setenta y dos pesos, que los socios han aportado y pagado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: a) La sociedad Sylvia Gallardo y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de cuatrocientos noventa y siete mil quinientos ochenta y seis pesos.-, y, b) La sociedad Walter Ivens y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de cuatrocientos noventa y siete mil quinientos ochenta y seis pesos.-.”.Cinco)En el mismo sentido, se sanea el artículo Sexto, de la escritura pública de fecha 30/10/2018, otorgada ante el Notario Público Iván Torrealba Acevedo, Repertorio N° 18.923-2018, relativa a los estatutos de la nueva sociedad, Inmobiliaria Costa Norte Limitada, respecto a su Artículo Quinto, relativo al capital de la sociedad, quedando como se expresa a continuación: “Artículo Quinto.- El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatro mil ochocientos veintiocho pesos.-, suma igual a aquella en que se ha disminuido el capital de la sociedad "Inversiones Costa Nueva Limitada". Dicho capital, íntegramente pagado, queda dividido entre sus socios en las siguientes proporciones: a) La sociedad Sylvia Gallardo y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de dos mil cuatrocientos catorce pesos, y, b) La sociedad Walter Ivens y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de dos mil cuatrocientos catorce pesos.-. Seis)Por último, se sanea el artículo Primero Transitorio de la sociedad naciente producto de la división, Inmobiliaria Costa Norte Limitada,debiendo quedar: “Artículos Transitorios.- Artículo Primero Transitorio.- Se deja constancia que el capital social de cuatro mil ochocientos veintiocho pesos.-, es parte del que tenía la sociedad “Inversiones Costa Nueva Limitada”, la cual se divide por este instrumento, según Balance al treinta y uno de Diciembre de dos mil diecisiete, en el que a su vez se divide entre los socios, en las siguientes proporciones: a) La sociedad Sylvia Gallardo y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de dos mil cuatrocientos catorce pesos.- y, b) La sociedad Walter Ivens y Compañía Limitada, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales, representada en la suma de dos mil cuatrocientos catorce pesos.-. En consecuencia, el capital de la sociedad naciente de cuatro mil ochocientos veintiocho pesos.-, está totalmente pagado, quedando distribuido entre los socios en esas mismas proporciones. Demás menciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Febrero 2019.