MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HERNANDEZ, SANGUINETTI, PEREZ Y CARNEVALI ABOGADOS LIMITADA

RUT 76118176-9 CVE 1550138
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2018

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2018
Notario
CARMEN PODLECH MICHAUD
Domicilio
con oficio en calle San Carlos N° 159

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARMEN PODLECH MICHAUD, Notario Público Titular, con oficio en calle San Carlos N° 159, Local 3, Valdivia, certifico: Por escritura pública de 28 de Diciembre de 2018, ante mi, don RICARDO ADOLFO HERNANDEZ MEDINA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 7.910.381-0; don PATRICIO ERNESTO SANGUINETTI ALTAMIRANO, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 10.633.455-2; don RICARDO VICTOR PEREZ ROEPKE, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 5.894.793-8; y don CARLOS ROBERTO CARNEVALI DICKINSON, chileno, casado, abogado, cédula de identidad Nº 13.260.692-7; todos los comparecientes domiciliados en calle O’Higgins Nº 380, oficina 21, ciudad y comuna de Valdivia, modificaron sociedad denominada “HERNANDEZ, SANGUINETTI, PEREZ Y CARNEVALI ABOGADOS LIMITADA”, RUT Nº 76.118.176-9, constituida por escritura pública de fecha 31 de Agosto de 2010 otorgada en esta misma notaria e inscrita en extracto en el Registro de Comercio de Valdivia a fojas 448 bajo el número 354 del año 2010, en siguiente sentido: Uno) El socio don RICARDO VICTOR PEREZ ROEPKE vende, cede y transfiere el CIEN por ciento de sus derechos sociales que le corresponden en “HERNANDEZ, SANGUINETTI, PEREZ Y CARNEVALI ABOGADOS LIMITADA”, los que equivalen al DIEZ por ciento del interés social en la compañía, a don RICARDO ADOLFO HERNANDEZ MEDINA, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión: $200.000, pagado en el acto y en dinero efectivo. Dos) El socio don CARLOS ROBERTO CARNEVALI DICKINSON vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales que le corresponden en “HERNANDEZ, SANGUINETTI, PEREZ Y CARNEVALI ABOGADOS LIMITADA”, los que equivalen al DIEZ por ciento del interés social en la compañía, a don RICARDO ADOLFO HERNANDEZ MEDINA, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión: $200.000, pagado en el acto y en dinero efectivo. Tres) El socio don CARLOS ROBERTO CARNEVALI DICKINSON vende, cede y transfiere el saldo de sus derechos sociales que le corresponden en “HERNANDEZ, SANGUINETTI, PEREZ Y CARNEVALI ABOGADOS LIMITADA”, los que equivalen al VEINTE por ciento del interés social en la compañía, a don PATRICIO ERNESTO SANGUINETTI ALTAMIRANO, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio de la cesión: $400.000, pagado en el acto y en dinero efectivo. Cuarto) A contar de esta fecha el nombre o razón social será “HERNANDEZ Y SANGUINETTI ABOGADOS LIMITADA” pero podrá actuar también antes terceros, incluso ante los bancos, entidades financieras, Servicio de Impuestos Internos y ante toda clase de instituciones y organismos públicos o privados bajo el nombre de fantasía “HSPC LTDA.” Cinco) A contar de esta fecha la administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma individual a uno cualquiera de sus socios, sin limitación de ninguna especie.- Seis) Se acuerda además modificar al árbitro designado en el pacto social original, de manera que dicho cargo a contar de esta fecha sea ejercido en las mismas condiciones antes pactadas por el Abogado señor RICARDO VICTOR PEREZ ROEPKE. Capital Social: $1.000.000.- no modificado.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valdivia, 19 de Febrero de 2019.