FIGUEROA Y TAMAYO DISEÑO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2019
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, abogado, Notario Suplente de la 7 Notaría de Santiago de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161 entrepiso, certifica: Por escritura de fecha 5 de febrero 2019, ante Notario Titular, doña JAVIERA ANDREA TAMAYO MORAL, domiciliada en calle Cosecha número mil cuatrocientos setenta y seis, Huechuraba, y doña JAVIERA VALENTINA FIGUEROA YÁÑEZ, en calle Doctor Parmenio Yáñez número tres mil quinientos veintiocho, Ñuñoa, Santiago.- constituyeron sociedad que girará bajo la razón social “FIGUEROA Y TAMAYO DISEÑO LIMITADA”, pudiendo funcionar con el nombre de fantasía o comercial: “NOVENTERA LTDA.”.- Administrarán y usarán la razón social en forma conjunta.- Capital 1 millón de pesos aportados de la siguiente forma; doña JAVIERA ANDREA TAMAYO MORAL $500.000.- y doña JAVIERA VALENTINA FIGUEROA YÁÑEZ $500.000.- Socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Objeto social será el diseño, importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de productos como asimismo las actividades anexas o análogas, en el más amplio sentido de dichas expresiones, y las demás que acuerden los socios.- La sociedad comienza con fecha 5 de febrero de 2019 por un plazo de 2 años; contados desde esta fecha, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos de dos años, cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses antes del vencimiento del respectivo periodo.- Las utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán y soportarán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, un cincuenta por ciento para doña JAVIERA ANDREA TAMAYO MORAL; y un cincuenta por ciento para doña JAVIERA VALENTINA FIGUEROA YÁÑEZ.- Demás estipulaciones en contrato extractado.-Santiago, 19 de febrero de 2019.