FEN LABS SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2018
- Notario
- Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- Titular de la 27° Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha
- Comuna
- Santiago de don Eduardo Avello Concha
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 27° Notaria de Santiago de don Eduardo Avello Concha, Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Santiago, certifica: con fecha 8 de febrero de 2019, otorgada ante el Titular, don José Ignacio Marín Fonseca, debidamente facultado y conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.499, suscribió escritura pública de saneamiento respecto de escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2018 otorgada ante don Eduardo Avello Concha, Notario Público Titular de la 27° Notaría de Santiago, mediante la cual se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad FEN LABS SpA, en la que se acordó modificar la sociedad en los siguientes términos: (i) Se aumentó el capital de la sociedad desde la suma de $20.000.000.-, divididos en 2.000.000 de acciones nominativas iguales, nominativas y sin valor nominal, a la suma de $31.514.073.-, divididos en 13.514.073 acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de diecinueve millones seiscientos mil pesos, dividido en un millón novecientas sesenta mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y, b) Con la suma de once millones quinientos catorce mil setenta y tres pesos, dividido en once millones quinientos catorce mil setenta y tres acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto. Del total de acciones, se encuentran pendientes de suscripción y pago un total de cuarenta mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal; B) Modificar la administración de la sociedad, pasando a ser administrada por un administrador en la forma establecida en la escritura; y, C) Dictar los estatutos refundidos de la sociedad con el objeto de plasmar las modificaciones introducidas. Que, por un error involuntario, el extracto de dicha escritura no ha sido inscrito ni publicado dentro de plazo legal, encontrándose este vencido. Por lo anterior, el compareciente, debidamente facultado, acordó sanear la escritura pública de modificación, a fin de inscribir y publicar el extracto de dicha escritura pública junto con el extracto de saneamiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2019.