MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Alcance Inversiones SpA

RUT 76337079-8 CVE 1549848
Capital
$47.400.000 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2019

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2019
Repertorio
805-19
Notario
ENRIQUE MIRA GAZMURI
Domicilio
don Raúl Undurraga Laso

Sociedad

Capital
$47.400.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Alcance Inversiones SpA socio 76337079-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público suplente de don Raúl Undurraga Laso, titular de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Enrique Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, CERTIFICA: Por escritura de fecha 5 de Febrero de 2019, ante el titular, se redujo a escritura pública bajo el repertorio N° 805-19, el acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad Alcance Inversiones SpA, RUT N° 76.337.079-8, inscrita a fojas 87.765 número 57.467 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013. La junta fue celebrada con fecha 24 de enero de 2019 y en ella se acordó aumentar el capital social de $47.400.000, íntegramente suscrito y pagado, dividido en 100 acciones de la serie A, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 1.180 acciones de la serie B, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 800 acciones de la serie C, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 600 acciones de la serie D, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 625 acciones de la serie E, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 835 acciones de la serie F, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 600 acciones de la serie G, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a $67.650.000 mediante la emisión de 225 acciones de la serie H, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 800 acciones de la serie I, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, 1.000 acciones de la serie J, ordinarias, nominativas y sin valor nominal las que se suscribirán y pagarán a más tardar el 31 de diciembre de 2021. Demás acuerdos no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 13 de Febrero de 2019.