TRANSPORTES COLLARTE SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2019
- Notario
- JULIO ABASOLO ARAVENA
- Domicilio
- Antofagasta
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Antofagasta
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ABASOLO ARAVENA, Notario Público, Antofagasta, Washington N° 2653, Certifica: escritura pública, hoy, ante mí, MARIA JOSE VALERIA CIFUENTES TORRES, chilena, soltera, Abogada, C.I. 13.643.673-2, domicilio calle Washington 2562 Oficina 214, Antofagasta, en representación según se acreditará de don MELCHOR ENRIQUE COLLARTE LAITY, chileno, casado, Ingeniero en Minas, C.I. 3.127.017-0, domicilio calle Calafquén 01514, Antofagasta; doña MARIELA ELENA COLLARTE TABOADA, chilena, casada, y separada totalmente de bienes, profesora y asistente social, C.I. 8.805.152-1, domicilio calle Lord Cochrane 1839, Depto. 1001, Antofagasta; y don HERNAN AMERICO CARMONA FLORES, chileno, casado y separado totalmente de bienes, Técnico Profesional en Electricidad Industrial, C.I. 12.631.319-5, domicilio calle Lord Cochrane 1839, Depto. 1001, Antofagasta, la compareciente mayor de edad a quien de conocer doy fe por haberme acreditado su identidad con la cédula referida y expone: Por el presente instrumento la compareciente, en virtud de la representación que invoca, de conformidad a las normas dispuestas en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, viene en sanear en los términos que se indican en la siguiente clausula la modificación, transformación y saneamiento de la sociedad por acciones “TRANSPORTES COLLARTE SpA”. Existiendo errores en los datos y características del aumento de capital de la empresa de Sociedad de Transportes Collarte Limitada o Collarte Limitada y en el aporte realizado por los comparecientes, los que pueden generar dudas en cuanto a su determinación, debiendo por lo tanto, subsanarse para efectos de su correcta interpretación en los siguiente términos: Clausula Tercera: Modificación de Sociedad: Punto Dos) Aumento de Capital: Por el presente acto los comparecientes vienen en sanear el punto antes referido indicando que el aumento de capital señalado en la modificación, transformación y saneamiento antes señalado en la cláusula segunda de la presente escritura no se produce. Por consiguiente el capital de empresa TRANSPORTES COLLARTE SpA, se mantiene en la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS, capital que mantenía SOCIEDAD DE TRANSPORTES COLLARTE LIMITADA, antes de su modificación y Transformación. De esta manera el capital de TRANSPORTES COLLARTE SpA, asciende a la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS, 07 el que se entera de la manera que se indicará en el texto refundido de la Sociedad en concordancia con la venta de derecho realizada en escritura de fecha veintitrés de Mayo de dos mil dieciocho, clausula tercera, punto uno. Los comparecientes, debidamente representados en este acto, únicos socios de la sociedad TRANSPORTES COLLARTE SpA, vienen en fijar y acordar el siguiente texto refundido de la sociedad. MODIFICACIÓN SOCIAL Y TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD “SOCIEDAD DE TRANSPORTES COLLARTE COLLARTE” O “COLLARTE LIMITADA” A “TRANSPORTES COLLARTE SpA”. MODIFICACION DE SOCIEDAD: Por este acto los comparecientes vienen en realizar la siguiente modificaciones: Uno) Venta de Acciones; Uno) VENTA DE ACCIONES: Por el presente instrumento don MELCHOR ENRIQUE COLLARTE LAITY, dueño del cuarenta por ciento del capital social viene en vender, ceder y transferir a doña MARIELA ELENA COLLARTE TABOADA, el diez por ciento de su capital social, en la suma de setecientos cincuenta mil pesos; y a don HERNAN AMERICO CARMONA FLORES, el veinticinco por ciento de su capital social que posee en la suma de un millón quinientos mil pesos sobre “SOCIEDAD DE TRANSPORTES COLLARTE LIMITADA” , que el comprador paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el vendedor recibir dicha suma de dinero a su entera satisfacción. Por el presente instrumento los socios ya individualizados, acuerdan transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, establecida por la ley número veinte mil ciento noventa, que se regirá por las normas de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del código de comercio, y de manera supletoria por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento, y por las normas y cláusulas que a continuación se expresan. TRANSFORMACION SOCIAL: Don MELCHOR ENRIQUE COLLARTE LAITY, chileno, casado, Ingeniero en minas, cédula nacional de identidad número tres millones ciento veintisiete mil diecisiete guion cero, domiciliado en calle Calafquén número cero uno cinco uno cuatro, Antofagasta; doña MARIELA ELENA COLLARTE TABOADA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, profesora y asistente social, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos cinco mil ciento cincuenta y dos guion uno, con domicilio en calle Lord Cochrane número mil ochocientos treinta y nueve, Departamento número mil uno, Antofagasta; y don HERNÁN AMÉRICO CARMONA FLORES, chileno, casado y separado totalmente de bienes según se acreditará, Técnico profesional en Electricidad Industrial,, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos treinta y un mil trescientos diecinueve guion cinco, domiciliado en calle lord Cochrane número ochocientos treinta y nueve, Departamento número mil uno, Antofagasta.- Nombre. El nombre de la sociedad por acciones es TRANSPORTES COLLARTE SpA, los cuales podrán actuar con los Banco e Instituciones Públicas.- Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Antofagasta sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración. La duración de la Sociedad es indefinida. El objeto de la sociedad será El transporte y movimiento de tierras, carga y descarga de minerales, mercaderías y en general, toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; la compraventa de vehículos nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás, dar y tomar en arrendamiento vehículos, maquinarias y equipos con y sin operador; y en general toda clase de bienes muebles e inmuebles; la representación de firmas nacionales o extranjeras y la prestación de asesorías en todas las materias de calidad y seguridad antes señaladas ofreciendo servicios general con mano de obra especializada y debidamente capacitada; sin perjuicio que la sociedad puede dedicarse a otras actividades que los socios acuerden. Capital. El capital de la sociedad es la cantidad de TREINTA MILLONES DE PESOS, dividido en TREINTA MIL acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, el que es suscrito íntegramente por los constituyentes en la representación invocada y de la forma que se indica en el artículo primero transitorio del Estatuto social. El Administrador o Gerente de la Sociedad. Conforme se estipula en la cláusula novena del Estatuto Social, estando reunido los comparecientes, titulares del ciento por ciento de las acciones emitidas y suscritas acuerdan que la sociedad será administrada de manera indistinta por los actuales socios don MELCHOR ENRIQUE COLLARTE LAITY, doña MARIELA ELENA COLLARTE TABOADA, y don HERNÁN AMÉRICO CARMONA FLORES. Demás estipulaciones constan escritura pública extractada. Antofagasta, 07 Febrero 2019.