CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES FUENTES Y PEÑA LIMITADA

CVE 1549381
Fecha instrumento
15 de febrero de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de febrero de 2019
Notario
HECTOR SEPULVEDA QUINTANA
Domicilio
Concepción

Sociedad

Domicilio
San Pedro de la Paz, Región del Biobío, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción
Duración
La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva

Objeto social

a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general, principalmente toda actividad relacionada con la neurología y la neuro oftalmología, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. Además, la participación en investigaciones, la realización de docencia, ya sea en universidades o institutos, instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, en las áreas médicas, neurológicas y neuro oftalmológicas, pudiendo postular y adjudicarse proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicas o privadas, en las áreas del giro social; b) La realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, don LUIS MARIO FUENTES ARRIAGADA y doña LORENA ALEJANDRA PEÑA RAVANAL, en forma conjunta o separada, indistintamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en los términos señalados en pacto social.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HECTOR SEPULVEDA QUINTANA, Notario Público de Concepción, Interino por vacancia, con oficio en Los Canelos 105 Comuna San Pedro de la Paz, certifica: Por Escritura Pública ante mí, de fecha 15 de Febrero de 2019, don LUIS MARIO FUENTES ARRIAGADA y doña LORENA ALEJANDRA PEÑA RAVANAL, ambos domiciliados en Avenida Nahuelbuta número mil seiscientos cincuenta, departamento número diez, torre A, comuna de San Pedro de La Paz, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL. “SERVICIOS MEDICOS E INVERSIONES FUENTES Y PEÑA LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “FUENTES Y PEÑA LTDA”. - OBJETO SOCIAL. a) La prestación de servicios profesionales en diversas especialidades de la medicina y en el área de la salud en general, principalmente toda actividad relacionada con la neurología y la neuro oftalmología, en todas y cada una de las especialidades relacionadas, en forma directa o a través de convenios con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales. Además, la participación en investigaciones, la realización de docencia, ya sea en universidades o institutos, instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, en las áreas médicas, neurológicas y neuro oftalmológicas, pudiendo postular y adjudicarse proyectos, concursos, licitaciones, nacionales o extranjeros, públicas o privadas, en las áreas del giro social; b) La realización de actividades de educación, capacitación y enseñanza en el área de la salud; c) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento u otras formas de explotación de toda clase de bienes, en especial de bienes inmuebles, sean estos predios rústicos o urbanos, parcelar, urbanizar y construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma a fin de obtener su rentabilidad; d) La obtención de rentas y frutos provenientes de toda clase de inversiones, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, letras de cambio, pagarés, letras de crédito, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y todo efectos de comercio; títulos de créditos, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores, pudiendo concurrir o participar en la formación o ingresar en toda clase de personas, de capitales, comunidades, asociaciones y cuentas en participación; y e) En general, realizar actos de comercio relacionados, directa o indirectamente, con los mencionados objetos, y todo otro negocio o actividad que acordaren los socios. - ADMINISTRACIÓN. La administración y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios, don LUIS MARIO FUENTES ARRIAGADA y doña LORENA ALEJANDRA PEÑA RAVANAL, en forma conjunta o separada, indistintamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en los términos señalados en pacto social. - CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de UN MILLON DE PESOS, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: UNO) don LUIS MARIO FUENTES ARRIAGADA, aporta la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el CINCUENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales; DOS) Doña LORENA ALEJANDRA PEÑA RAVANAL, aporta la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole, por tanto, el CINCUENTA POR CIENTO de los haberes y derechos sociales. DURACIÓN. La sociedad empezará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de San Pedro de la Paz, Región del Biobío, territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. - Demás estipulaciones en escritura extractada. San Pedro de la Paz, 18 de Febrero de 2019.-