MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INTEGRITY INGENIERIA CHILE LIMITADA

RUT 76756651-4 CVE 1549169
Fecha instrumento
18 de mayo de 2017
Notaría
Buin Aníbal

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2017
Notario
Pablo Antonio Rodríguez Donoso
Domicilio
Titular don Pedro Hernán Álvarez Lorca
Comuna
Buin Aníbal

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo Antonio Rodríguez Donoso, Abogado, Notario Público Suplente del Titular don Pedro Hernán Álvarez Lorca, Abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Buin Aníbal Pinto 269, local 5, certifico: Por escritura hoy ante mí doña BÁRBARA VERONA RODRÍGUEZ QUEZADA, chilena, soltera, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 17.602.468-2, con domicilio en Pasaje Las Violetas número 2693, comuna de Lampa y de paso en esta, doña MARCELA ALEJANDRA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, chilena, casada y separada de bienes, psicóloga, cédula nacional de identidad número 13.338.093-0, con domicilio en camino Buin Maipo número 1133, parcela 21 C, comuna de Buin, don MAXIMILIANO MELÉNDEZ CARVAJAL, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número 13.902.405-2, con domicilio en camino Buin Maipo número 1133, parcela 21 C, comuna de Buin, don VICTOR BENJAMÍN SANTIS PEREZ, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Civil Industrial, cédula nacional de identidad número 14.321.681-0, con domicilio en 21 de mayo número 157, comuna Isla de Maipo y de paso en esta y don EDGARDO ILI VILLAGRAN, chileno, casado y separado de bienes, empleado, cédula nacional de identidad número 8.752.099-4, con domicilio en Julio Covarrubias 9640, comuna del El Bosque y de paso en esta, modificaron la sociedad INTEGRITY INGENIERIA CHILE LIMITADA, nombre de fantasía “INTEGRITY LTDA.”, Rut. 76.756.651-4, cuyo pacto de constitución consta de escritura pública de fecha 18 de mayo de 2017, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña Renata Marcela González Carvallo, inscrita en el registro de Comercio de Santiago a fojas 43726 N° 23888 del año 2017. Modifican lo siguiente: a) doña Bárbara Verona Rodríguez Quezada, dueña del 50% del total del capital y derechos sociales, vende cede y transfiere, a don Víctor Benjamín Santis Pérez el 5% del interés, derechos y capital e ingresos en su caso y a don Edgardo Ili Villagrán, el 5%, del interés, derechos y capital e ingresos en su caso, quienes compran aceptan y adquieren para sí, b) doña Marcela Alejandra González Hernández, dueña del 25% del total del capital y derechos sociales, vende cede y transfiere, a don Víctor Benjamín Santis Pérez el 100%, del interés, derechos y capital e ingresos en su caso, quien compra acepta y adquiere para sí y c) don Maximiliano Meléndez Carvajal, dueño del 25% del total del capital y derechos sociales, vende cede y transfiere, a don Edgardo Ili Villagrán, el 100% del interés, derechos y capital e ingresos en su caso, quienes compran aceptan y adquieren para sí, A) El precio de cada cesión es la suma de 200 mil pesos cada una, suma que los cesionarios Víctor Benjamín Santis Pérez y Edgardo Ili Villagrán, pagan al contado, en dinero efectivo y que la cedente doña Bárbara Verona Rodríguez Quezada, declara haber recibido a su entera y total satisfacción con anterioridad a esta fecha y b) El precio de cada cesión es la suma de $1.000.000.- de pesos cada una, suma que los cesionarios Víctor Benjamín Santis Pérez y Edgardo Ili Villagrán, pagan al contado, en dinero efectivo y que los cedentes doña Marcela Alejandra González Hernández y a don Maximiliano Meléndez Carvajal, quienes declaran haber recibido a su entera y total satisfacción con anterioridad a esta fecha. Como consecuencia de la venta y cesión señalada en las cláusulas segundo y tercera, a contar de esta fecha son únicos socios de la sociedad doña Bárbara Verona Rodríguez Quezada, don Víctor Benjamín Santis Pérez y don Edgardo Ili Villagrán, con una participación doña Bárbara Verona Rodríguez Quezada de un 40% don Víctor Benjamín Santis Pérez, queda con un 30%, don Edgardo Ili Villagrán, queda con una participación del 30% por ciento de los derechos y acciones de la sociedad. Por medio de este mismo acto, la socia doña Bárbara Verona Rodríguez Quezada, don Víctor Benjamín Santis Pérez y don Edgardo Ili Villagrán, declaran que aceptan expresamente la venta de derechos que consta en este instrumento. Por este instrumento los únicos socios modifican la sociedad en los términos siguientes: a) se modifica la cláusula QUINTO: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente al socio don Víctor Benjamín Santis Pérez, amplias facultades señaladas en estatuto social. b) Que, se modifica el capital social, quedando el socio don Víctor Benjamín Santis Pérez, con un 30% del capital social, don Edgardo ILI Villagrán con un 30% por ciento del capital social y doña Barbará Verona Rodríguez Quezada con un 40% del capital social. Demás estipulaciones escritura extractada. Buin, 29 de Enero de 2019.