INMOBILIARIA ADM SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y)o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena; B) La inversión y realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar, explotar y encargar la construcción de bienes inmuebles; C) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. VI)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura de fecha 07 de febrero de 2019, anotada en el Repertorio con el número 4.097-2019, otorgada ante Notario Suplente doña KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, don ANDRÉS LEONARDO VILLEGAS VALENZUELA, cédula nacional de identidad número 7.905.641-3 y doña ANDREA ALEJANDRA ARAGÓN TAPIA, cédula nacional de identidad número 13.895.574-5; ambos domiciliados en Condominio El Refugio uno, casa 53, Piedra Roja, comuna de Colina, Región Metropolitana, vienen en transformar, la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “INMOBILIARIA ADM LIMITADA”, constituida por Escritura Pública de fecha 17 de octubre del año 2013, otorgada en la Primera Notaría de Macul de don Juan Facuse Heresi, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 80.248, número 52.787, del año 2013 y publicada en el Diario Oficial con fecha 23 de octubre del mismo año, en una sociedad por acciones, que será continuadora legal de su antecesora y que se regirá por el siguiente estatuto. I) La razón social será "INMOBILIARIA ADM SpA.". La que podrá también actuar válidamente y para todos los efectos, incluso ante los bancos e instituciones financieras, bajo el nombre de fantasía "ADM SpA.". II) La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá, individual e indistintamente, a don ANDRÉS LEONARDO VILLEGAS VALENZUELA. III) Capital, $2.000.000, dividido en 2.000 acciones nominativas, misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. IV) Limitación de responsabilidad. Responsabilidad personal de los socios limitase a respectivos aportes. V) Objeto. A) La inversión sobre toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo la formación y la participación en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y objeto, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas y realizar todo otro tipo de negocios y/o actividades de carácter civil permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí, que los socios puedan acordar. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena; B) La inversión y realización de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá comprar y vender, arrendar, subarrendar, explotar y encargar la construcción de bienes inmuebles; C) En general, realizar toda actividad o negocios relacionados con las anteriores y que fijen los socios de común acuerdo. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente, o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. VI) Duración. La sociedad comenzará a regir con esta misma fecha y tendrá una duración indefinida. VII) Domicilio, la ciudad de Santiago, Región de Metropolitana. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de febrero 2019.