SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAPROPIA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- RICARDO HERRERA MARCHANT
- Domicilio
- Titular Santiago don ARMANDO ULLOA CONTRERAS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO HERRERA MARCHANT, Notario Público Suplente del Titular Santiago don ARMANDO ULLOA CONTRERAS, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, local 15 A 2, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: EMANUELE MAURIZIANO LO PRESTI, en representación de la SOCIEDAD DE INVERSIONES MAURIZIANO LO PRESTI LIMITADA, y doña MARIANELA RATTO MACCHIAVELLO y LORENZO MAURIZIANO MORCHIO, todos domiciliados en General del Canto 205, comuna de Providencia, Santiago, modificaron SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAPROPIA LIMITADA, la que se constituyó por escritura pública de fecha quince de Abril de dos mil once, inscribiéndose a fojas veinticuatro mil quinientos cuarenta y nueve número dieciocho mil quinientos veintidós del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil once, y se publicó el dieciséis de mayo de dos mil once en el Diario Oficial. Por el presente acto doña MARIANELA RATTO MACCHIAVELLO viene en vender, ceder y transferir a don LORENZO MAURIZIANO MORCHIO quien compra y adquiere para sí el total de los derechos que posee la vendedora en la sociedad esto es un uno por ciento del total de los derechos sociales. El precio de la presente venta es la suma de un mil pesos. Consecuencia de las transferencias efectuada los derechos sociales quedan de la siguiente manera: La SOCIEDAD DE INVERSIONES MAURIZIANO LO PRESTI LIMITADA con un noventa y nueve por ciento de los derechos y don LORENZO MAURIZIANO MORCHIO con un uno por ciento. Los socios por medio de la presente escritura acuerdan modificar la administración de la sociedad en el sentido de que ella corresponderá a don EMANUELE MAURIZIANO LO PRESTI. En consecuencia, la cláusula CUARTO del pacto social primitivo, queda como sigue: "La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don EMANUELE MAURIZIANO LO PRESTI, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades detalladas en la referida cláusula CUARTO del pacto social". Sociedad modificada rige desde esta fecha siendo continuadora legal de sociedad que se modifica. En lo no modificado rige pacto primitivo. Santiago, 06 de Febrero de 2019.