SOCIEDAD DE INVERSIONES MAURIZIANO LO PRESTI LIMITADA
Instrumento
- Notario
- RICARDO HERRERA MARCHANT
- Domicilio
- Titular Santiago don ARMANDO ULLOA CONTRERAS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRICARDO HERRERA MARCHANT, Notario Público Suplente del Titular Santiago don ARMANDO ULLOA CONTRERAS, con oficio en Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, local 15 A 2, Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: EMANUELE MAURIZIANO LO PRESTI por sí y por la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAPROPIA LIMITADA, FIORELLA MAURIZIANO MORCHIO, GIANLUCA MAURIZIANO MORCHIO, LORENZO MAURIZIANO MORCHIO y doña MARIANELA RATTO MACHIAVELLO, todos domiciliados en General del Canto número 205, comuna de Providencia, Santiago, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES MAURIZIANO LO PRESTI LIMITADA, la que se constituyó por escritura pública de fecha veinticuatro de Enero de dos mil doce, inscribiéndose a fojas nueve mil ochenta y uno número seis mil cuatrocientos veintiocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil doce, y se publicó el trece de febrero de dos mil doce en el Diario Oficial. Por el presente acto los socios doña MARIANELA RATTO MACHIAVELLO y don EMANUELE MAURIZIANO LO PRESTI viene en vender, ceder y transferir el total de derechos que poseen en la sociedad que suman un uno por ciento de los derechos a la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAPROPIA LIMITADA, quien compra y acepta dichos derechos para sí, por medio de su representante legal. El valor de la presente transferencia es ciento diez mil trescientos catorce pesos que se pagan en este acto y en dinero efectivo, otorgando el cedente la respectiva cancelación. Todos los socios consienten expresamente en la renuncia y cesión antes indicadas y limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Consecuencia de las transferencias efectuada los derechos sociales quedan de la siguiente manera doña FIORELLA MAURIZIANO MORCHIO, don GIANLUCA MAURIZIANO MORCHIO y don LORENZO MAURIZIANO MORCHIO con un treinta y tres por ciento del total de los derechos sociales cada uno, y la SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAPROPIA LIMITADA con un uno por ciento de los derechos sociales. Sociedad modificada rige desde esta fecha siendo continuadora legal de sociedad que se modifica. En lo no modificado rige pacto primitivo. Santiago, 06 de Febrero de 2019.