CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VALENTINA CIANGAROTTI Y DANIEL BRAVO NUTRICION LIMITADA

CVE 1548285
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago
Duración
será de 2 años a contar del día de la suscripción del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, en la forma establecida en pacto social

Objeto social

será el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento, en el más amplio concepto, de la actividad profesional de Nutricionista; la realización de cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente con al ámbito de la nutrición, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, operar, establecer y construir centros y demás instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines, pudiendo contratar para ello con personas naturales, sociedades, organismos públicos, semi fiscales y demás Instituciones públicas o privadas; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de artículos, maquinarias y elementos relacionados directa o indirectamente con los rubros antes indicados; prestar toda clase de asesorías; y la realización de cualquier otro acto o negocio lícito que se relacione directa o indirectamente con el campo de la nutrición y, en general, realizar cualquier otro negocio que los socios de común acuerdo determinen y que se relaciones directa o indirectamente con lo anterior; Administración y el

Administración

corresponderá a ambos socios actuando conjuntamente, que representarán y obligarán a la sociedad válidamente con las amplias facultades establecidas en el pacto social;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Titular de la 15 Notaría de Santiago, calle Santa Magdalena número 98, comuna de Providencia, certifica: Por escritura de hoy ante mi, doña VALENTINA SOFIA JAVIERA CIANGAROTTI AGUILAR y don DANIEL ESTEBAN BRAVO PACHECO, ambos domiciliados calle Castilla N° 399, comuna de San Joaquín y de paso por esta, constituyeron una sociedad de profesionales, no médica, de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, cuya razón social será: “VALENTINA CIANGAROTTI Y DANIEL BRAVO NUTRICION LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios y de propaganda la abreviatura “KINUMED CLÍNICA NUTRICIONAL LTDA.”, Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, sucursales o agencias que establezca en otros lugares del país o del extranjero; Objeto: será el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento, en el más amplio concepto, de la actividad profesional de Nutricionista; la realización de cualquier actividad relacionada, directa o indirectamente con al ámbito de la nutrición, para lo cual podrá comprar, dar y tomar en arrendamiento, administrar, operar, establecer y construir centros y demás instalaciones y anexos necesarios o conducentes a tales fines, pudiendo contratar para ello con personas naturales, sociedades, organismos públicos, semi fiscales y demás Instituciones públicas o privadas; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; importar, exportar, distribuir y comercializar toda clase de artículos, maquinarias y elementos relacionados directa o indirectamente con los rubros antes indicados; prestar toda clase de asesorías; y la realización de cualquier otro acto o negocio lícito que se relacione directa o indirectamente con el campo de la nutrición y, en general, realizar cualquier otro negocio que los socios de común acuerdo determinen y que se relaciones directa o indirectamente con lo anterior; Administración y el uso de la razón social: corresponderá a ambos socios actuando conjuntamente, que representarán y obligarán a la sociedad válidamente con las amplias facultades establecidas en el pacto social; Capital: la suma de $1.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Doña VALENTINA SOFIA JAVIERA CIANGAROTTI AGUILAR, aporta a la sociedad la suma de $500.000, que equivalen al 50% del capital social, suma que se aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y b) Don DANIEL ESTEBAN BRAVO PACHECO, aporta a la sociedad la suma de $500.000, que equivalen al 50% del capital social, suma que se aporta, entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; Duración: será de 2 años a contar del día de la suscripción del presente instrumento, plazo que se prorrogará en forma automática por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, en la forma establecida en pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de febrero de 2019.