SOCIEDAD R.Y.A. MINERALS CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2019
- Notario
- ALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ
- Oficio
- 3° Notaría
Sociedad
- Capital
- $38.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público 3° Notaría, Calama, Vargas 2209, certifica: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, RODYS PABLO ANZA ANZA, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad 13.217.427-K, domiciliado en pasaje Petrohué 3771, Villa Portal del Inca, Calama; ANDREA MARISOL MANRÍQUEZ ARIAS, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad 16.304.420-K, con domicilio en calle Las Parinas 705, Villa Kamac Mayu, Calama y; JUAN ALEJANDRO LUQUE ANZA, chileno, soltero, microempresario, cédula de identidad 17.654.382-5, domiciliado en pasaje Petrohué Norte 3771, Villa Portal del Inca, Calama; exponen: RODYS PABLO ANZA ANZA y ANDREA MARISOL MANRÍQUEZ ARIAS, son actualmente los únicos y exclusivos socios de la sociedad «SOCIEDAD R.Y.A. MINERALS CHILE LIMITADA» O «R & A MINERALS LTDA», RUT 76.398.993-3, capital inicial $38.000.000, constituida el 23.09.2014, extracto se publicó en ejemplar 40.969 del Diario Oficial el 29.09.2014, inscribiéndose a fojas 535 N° 331 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa- Calama año 2014. Con fecha 03.10.2018, se modificó la sociedad cediendo Rodys Pablo Anza Anza el 40% de los derechos a Andrea Marisol Manríquez Arias. En consecuencia, a partir de esa fecha los socios tuvieron una participación de un 50% de los derechos sociales. El extracto de dicha modificación se publicó en el ejemplar 42.219 del Diario Oficial el 01.12.2018, inscribiéndose a fojas 338 N° 153 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de El Loa-Calama año 2018. Por este instrumento los socios ya individualizados acuerdan modificar la sociedad «SOCIEDAD R.Y.A. MINERALS CHILE LIMITADA» O «R & A MINERALS LTDA.» en los puntos siguientes: A) CESIÓN DE DERECHOS: RODYS PABLO ANZA ANZA es dueño del 50% y viene en ceder la totalidad de sus derechos sociales de la manera que a continuación se expresa: a) El 45% de los derechos sociales los cede en $15.000.000 a ANDREA MARISOL MANRÍQUEZ ARIAS, y el 5% de los derechos sociales restantes los cede en la suma de $5.000.000 a JUAN ALEJANDRO LUQUE ANZA. Por lo tanto, a partir de la suscripción de este instrumento quedan como únicos socios de la sociedad «SOCIEDAD R.Y.A. MINERALS CHILE LIMITADA» O «R & A MINERALS LTDA» ANDREA MARISOL MANRÍQUEZ ARIAS con un 95% de los derechos sociales y JUAN ALEJANDRO LUQUE ANZA el 5% de los derechos sociales. B) ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Desde la suscripción de este instrumento la administración, uso de la razón social y representación legal de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña ANDREA MARISOL MANRÍQUEZ ARIAS, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma, la representará con las más amplias facultades de acuerdo a los mismos términos contenidos en la cláusula cuarta de la escritura de constitución de la misma. En todo lo que no ha sido modificado por este instrumento, permanecen íntegramente vigentes todas las estipulaciones del pacto social original y su modificación. Demás reglamentaciones escritura extractada. Calama, 21 de enero 2019.