SOCIEDAD INMOBILIARIA EINS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2019
- Notario
- ENRIQUE MIRA GAZMURI
- Domicilio
- don Raúl Undurraga Laso
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, comuna de Las Condes
- Duración
- Diez años, prorrogable por periodos iguales y sucesivos de 3 años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración en tal sentido otorgada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período en curso. En lo no modificado, se mantiene estatuto social vigente
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Objeto social
La adquisición, enajenación, arriendo, disposición, subdivisión, loteo, urbanización y explotación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia y)o ajena; la construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la elaboración de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales y obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la asesoría en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones inmobiliarias y de construcción; y en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por la ley o por estos estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público suplente de don Raúl Undurraga Laso, titular de la 29 Notaría de Santiago, de este domicilio, calle Mac Iver 225, oficina 302, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2019, ante el titular, Julia Espinoza Carrillo, C.I. N°3.826.427-3, domiciliada en calle 6 Norte N°760, departamento 31, comuna y ciudad de Viña del Mar, y de paso por esta; Hugo Mauricio González Espinoza, C.I. N°8.190.769-2, domiciliado en calle Los Militares, N°4.251, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; e Inmobiliaria Sevilla Limitada, Rut N°78.256.980-5, representada por Eduardo Jorge Emilio San Martín Barayón, C.I. N° 3.983.030-2, ambos domiciliados en calle Los Militares, N°4.251, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; (i) Sanearon el vicio de nulidad formal que afecta a la escritura pública de fecha 5 de septiembre del año 2013, otorgada en la Notaría de Valparaíso de don Luis Enrique Fischer Yavar, que se extractó y se inscribió a Fojas 8.613 N°53.012 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013, pero no se publicó en el Diario Oficial, escritura que corresponde a la de modificación por cesión de derechos de SOCIEDAD INMOBILIARIA EINS LIMITADA, inscrita a Fojas 56.830 N°39.589 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012. Los comparecientes, mismos concurrentes a la referida escritura y de conformidad a la Ley 19.499, sanearon el hecho de no haberse publicado en el Diario Oficial el extracto de la escritura de modificación social, ratificándola, a mayor abundamiento, en todas sus partes. (ii) Transformaron SOCIEDAD INMOBILIARIA EINS LIMITADA a una sociedad anónima cerrada, según como sigue: Razón Social: Sociedad Inmobiliaria EINS S.A. Objeto: La adquisición, enajenación, arriendo, disposición, subdivisión, loteo, urbanización y explotación de toda clase de bienes inmuebles, por cuenta propia y/o ajena; la construcción, en general, de toda clase de obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la elaboración de toda clase de proyectos inmobiliarios e industriales y obras civiles e industriales, por cuenta propia o de terceros; la asesoría en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones inmobiliarias y de construcción; y en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por la ley o por estos estatutos. Domicilio: Santiago, comuna de Las Condes, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares, dentro y fuera del país. Capital: $10.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas y de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de conformidad se señala en la escritura. Duración: Diez años, prorrogable por periodos iguales y sucesivos de 3 años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante una declaración en tal sentido otorgada por escritura pública, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con una anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento del período en curso. En lo no modificado, se mantiene estatuto social vigente. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2019.