CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRÍCOLAS MARÍA JESUS ALEJANDRA GARDULSKI PINTO E.I.R.L.

CVE 1548105
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de febrero de 2019
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
14 de febrero de 2019
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Victoria
Duración
Indefinida

Objeto social

será: La prestación de servicios agrícolas, compra y venta de maquinaria y productos agrícolas y forestales, cultivo, producción y explotación agrícola, no obstante, podrá actuar en cualquier otro tipo de negocios o actividades y)o prestaciones que estimase en el futuro, siempre referidos directa o indirectamente a los objetos antes señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública de fecha once de Febrero de dos mil diecinueve, ante mí, doña MARÍA JESUS ALEJANDRA GARDULSKI PINTO, chilena, trabajadora independiente, de veintiséis años de edad, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número dieciocho millones ciento cuarenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro guion ocho, domiciliada en la Comuna de Victoria, Fundo María Yolanda, kilómetro seiscientos catorce coma dos de la Ruta cinco Sur, y de paso en ésta, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- NOMBRE EMPRESA: “PRESTACIÓN DE SERVICIOS AGRÍCOLAS MARÍA JESUS ALEJANDRA GARDULSKI PINTO E.I.R.L.”, nombre de fantasía “AGRÍCOLA MARÍA JESUS E.I.R.L.”.- ADMINISTRACION Y USO DEL NOMBRE: corresponderá a la constituyente doña MARÍA JESUS ALEJANDRA GARDULSKI PINTO.- CAPITAL: $2.000.000.-, que se aportan de la siguiente manera: a) Un millón de pesos ya ingresado en arcas de la empresa el cual se entiende a partir de esta fecha formar parte del patrimonio de la misma; y b) El saldo de un millón de pesos que este socio se obliga enterar a medida que las necesidades de la empresa lo requieran y en todo caso en el plazo máximo de un año, contado desde fecha escritura.- El constituyente limita su responsabilidad al monto de su aporte. OBJETO: será: La prestación de servicios agrícolas, compra y venta de maquinaria y productos agrícolas y forestales, cultivo, producción y explotación agrícola, no obstante, podrá actuar en cualquier otro tipo de negocios o actividades y/o prestaciones que estimase en el futuro, siempre referidos directa o indirectamente a los objetos antes señalados.- DURACION: indefinida.- DOMICILIO: la ciudad de Victoria, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 14 de Febrero de 2019.-