PABLO JAVIER SAID BUCHNER COMERCIAL E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2019
- Notario
- MARÍA IGNACIA VÁSQUEZ ARANGO
- Domicilio
- Titular don CARLOS ALARCÓN RAMÍREZ
Sociedad
- Domicilio
- la comuna de Temuco
Objeto social
A) Compra, venta, arriendo y comercialización de toda clase de vehículos motorizados, propios o ajenos, la compraventa de toda clase de accesorios, equipos, útiles, enseres, herramientas destinadas a los vehículos motorizados, así como la prestación de servicios relativos a la mantención y conservación de vehículos, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de productos relacionados con el rubro automotriz; B) la compra Siembra, cosecha, producción, comercialización y exportación de toda clase de productos agrícolas, forestales y frutales; C) prestación de servicios agrícolas y forestales en maquinarias propias o arrendadas, arriendo y compraventa de maquinarais agrícolas, forestales y vehículos motorizados; D) Prestación de servicios de transportes y fletamento de todos tipo de carga por carretera, ya sea en vehículos propios o arrendados; E) Construcción en obras menores, realización de proyectos inmobiliarios, compra y venta de bienes raíces, corretaje de propiedades, compra y venta de áridos y movimientos de tierra, F) Explotación del rubro turístico en todos sus aspectos, construcción y arriendo de cabañas y hospedaje, y G) Cualquier otro negocio lícito que los accionistas determinen en el futuro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA IGNACIA VÁSQUEZ ARANGO, Notario Público, Suplente del Titular don CARLOS ALARCÓN RAMÍREZ, certifica: Por escritura pública otorgada ante el titular, con fecha 08/02/2019, don PABLO JAVIER SAID BUCHNER, chileno, Ingeniero Civil Industrial, soltero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cinco mil doscientos cuarenta y seis guión uno, domiciliado en calle La Lechería número cero dos cuatro cinco cero, casa treinta, de la comuna y ciudad de Temuco, por una parte y como cedente; y por la otra como cesionario, don JUAN CARLOS GUZMAN MIRANDA, chileno, contratista en obras menores, soltero, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos once mil trescientos sesenta y uno guión cuatro, domiciliado en calle Braga número doscientos treinta y cinco, de la comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, de paso en esta ciudad, Modificaron y transformaron la empresa individual de responsabilidad limitada que gira bajo razón social: “PABLO JAVIER SAID BUCHNER COMERCIAL E.I.R.L.”, constituida con fecha veintiséis de diciembre de dos mil catorce, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Javier González Castro, en calidad de suplente del titular don Héctor Efrain Basualto Bustamante, extracto inscrito a fojas veinte vuelta, bajo el número dieciséis, en el Registro de Comercio del año dos mil quince, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Temuco, y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y un mil cuarenta y seis, de fecha dos de enero de dos mil quince.- La actual modificación consiste PABLO JAVIER SAID BUCHNER, vende, cede y transfiere a don JUAN CARLOS GUZMAN MIRANDA quien compra, acepta y adquiere para sí, los derechos que al primero le corresponden en la empresa individual ya singularizada y que equivalen a un cien por ciento de esta. El precio total de venta es la suma de seis millones de pesos que se pagó por el cesionario, al contado y en dinero efectivo, declarando el vendedor y/o cedente haberlo recibido a su plena conformidad y satisfacción, sin tener nada que reclamar por este concepto.- Por el presente acto e instrumento, don PABLO JAVIER SAID BUCHNER, se retira y deja de pertenecer a la empresa denominada “PABLO JAVIER SAID BUCHNER COMERCIAL E.I.R.L”, Por su parte, el cesionario don JUAN CARLOS GUZMAN MIRANDA, ya individualizado, viene en transformar la empresa individual de responsabilidad limitada “PABLO JAVIER SAID BUCHNER COMERCIAL E.I.R.L.”, singularizada en la cláusula primera de este instrumento, en una sociedad por acciones que se regirá por el presente estatuto social y por el Párrafo octavo del Título séptimo del Libro segundo del Código de Comercio; y, supletoriamente, en silencio de este estatuto y ese párrafo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, la que se denominará de ahora en adelante “SOCIEDAD COMERCIAL BOTROLHUE SpA”.- La escritura primitiva de constitución de la empresa individual de responsabilidad limitada, se modifica, complementa y adecúa a la normativa legal que regula las sociedades por acciones, de tal forma que, para todos los efectos legales, este nuevo pacto social será el que rija la empresa transformada, ahora como una sociedad por acciones, siendo ésta, la continuadora legal de la primera en todo orden de materia, incluido el Tributario.- FIJACIÓN DE NUEVOS ESTATUTOS DE “SOCIEDAD COMERCIAL BOTROLHUE SpA”.- De acuerdo a la transformación convenida, los comparecientes vienen en fijar los nuevos estatutos de “SOCIEDAD COMERCIAL BOTROLHUE SpA, Como sigue: RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL BOTROLHUE SpA.”. OBJETO: A) Compra, venta, arriendo y comercialización de toda clase de vehículos motorizados, propios o ajenos, la compraventa de toda clase de accesorios, equipos, útiles, enseres, herramientas destinadas a los vehículos motorizados, así como la prestación de servicios relativos a la mantención y conservación de vehículos, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de productos relacionados con el rubro automotriz; B) la compra Siembra, cosecha, producción, comercialización y exportación de toda clase de productos agrícolas, forestales y frutales; C) prestación de servicios agrícolas y forestales en maquinarias propias o arrendadas, arriendo y compraventa de maquinarais agrícolas, forestales y vehículos motorizados; D) Prestación de servicios de transportes y fletamento de todos tipo de carga por carretera, ya sea en vehículos propios o arrendados; E) Construcción en obras menores, realización de proyectos inmobiliarios, compra y venta de bienes raíces, corretaje de propiedades, compra y venta de áridos y movimientos de tierra, F) Explotación del rubro turístico en todos sus aspectos, construcción y arriendo de cabañas y hospedaje, y G) Cualquier otro negocio lícito que los accionistas determinen en el futuro.- DOMICILIO: la comuna de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero.- CAPITAL: SESENTA MILLONES DE PESOS, moneda nacional, dividido en seiscientas acciones, de única serie y sin valor nominal, es suscrito, enterado y pagado por don JUAN CARLOS GUZMAN MIRANDA, en este acto en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. ADMINISTRACION y representación de la sociedad corresponderá a don JUAN CARLOS GUZMAN MIRANDA, quien actuará como administrador, y tendrá las más amplias facultades. En lo no modificado por la presente escritura pública extractada sigue plenamente vigente el pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe.- Temuco, 14 de febrero del año 2019.