Inmobiliaria Fermar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $70.611.160 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre de 2018, ante la Notario Interino, doña María Loreto Zaldívar Grass; Fernando Carlos René Gardeweg Leigh, Marta Catalina Guacolda Ried Undurraga, Marta Trinidad Gardeweg Ried, Carlos Fernando Gardeweg Ried, Juan Pablo Gardeweg Ried, Juan Sebastián Gardeweg Ried, Catalina Gardeweg Ried, todos con domicilio en Santiago, calle Camino Las Flores número 10.333, comuna de Las Condes, redujeron a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Playa Tongoy S.A., celebrada con fecha 27 de diciembre de 2018, en la que se hizo constar la constitución de una sociedad civil de responsabilidad limitada denominada Inmobiliaria Fermar Limitada, nacida de la división de Inversiones Playa Tongoy S.A., con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: a) adquirir, mantener, explotar o enajenar bienes raíces urbanos o rurales; b) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; y, c) realizar cualesquiera otras actividades afines, conexas o complementarias que los socios acuerden. Asimismo, la sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a Inversiones Playa Tongoy S.A. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de poderes, incluso a uno o más de los propios socios o terceros. El capital de la sociedad es la suma de $70.611.160, totalmente enterado en dinero en efectivo y mediante el aporte de bienes, y que corresponde a los socios como sigue: a) a don Fernando Carlos René Gardeweg Leigh, la suma de $42.366.696; b) a doña Marta Catalina Guacolda Ried Undurraga, la suma de $21.183.348; c) a doña Marta Trinidad Gardeweg Ried, la suma de $1.412.224; d) a don Carlos Fernando Gardeweg Ried, la suma de $1.412.223; e) a don Juan Pablo Gardeweg Ried, la suma de $1.412.223; f) a don Juan Sebastián Gardeweg Ried, la suma de $1.412.223; y, g) a doña Catalina Gardeweg Ried, la suma de $1.412.223. La sociedad rige desde la fecha de la escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2050, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 8 de Febrero de 2019.