INMOBILIARIA BAHÍA MÁGICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2019
- Notario
- GONZALO OÑATE MIRANDA
- Domicilio
- Titular RUBEN REINOSO HERRERA
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Objeto social
” Cláusulas no modificadas del pacto social quedan plenamente vigentes
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Sergio Hernán Meléndez Cathalifaud, quién podrá representar a la Sociedad con las mas amplias facultades, para lo cual podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos conducentes a la realización del
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA BAHÍA MÁGICA LIMITADA | socio | 51047600-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO OÑATE MIRANDA, abogado, Notario Público suplente del Titular RUBEN REINOSO HERRERA, 4ta Notaria La Serena, Cordovez 405, certifico: Por escritura pública, ante mí, con fecha 11/02/2019, SERGIO HERNÁN MELÉNDEZ CATHALIFAUD, y SERGIO ADRIÁN MELÉNDEZ JACOB, ambos con domicilio para estos efectos en Parcela número cincuenta y siete, Vegas Sur, La Serena, modificaron INMOBILIARIA BAHÍA MÁGICA LIMITADA, RUT Nº 51.047.600-K, constituida por escritura pública de transformación de sociedad de fecha 06 de abril de 2018, ante Notario Público de La Serena, don Rubén Reinoso Herrera, cuyo extracto se inscribió a fs. 308 Nº 134 en Registro Comercio de Coquimbo de 2018. Las modificaciones son las siguientes: Los actuales socios, esto es, don SERGIO HERNÁN MELÉNDEZ CATHALIFAUD y don SERGIO ADRIÁN MELÉNDEZ JACOB, vienen en este acto en modificar el ARTÍCULO SÉPTIMO de los estatutos sociales relativo a la ADMINISTRACIÓN de INMOBILIARIA BAHÍA MÁGICA LIMITADA, en el siguiente sentido: Se establece que la administración corresponderá única y exclusivamente al socio SERGIO HERNÁN MELÉNDEZ CATHALIFAUD, procediéndose a la eliminación del ejercicio de facultades de administración y el uso de la razón social que correspondía a don SERGIO ADRIÁN MELÉNDEZ JACOB, doña MACARENA MELÉNDEZ JACOB y don JULIO ALBERTO TORNERO AGÜERO. En consecuencia, el tenor de la referida cláusula queda como a continuación se señala: “ARTÍCULO SÉPTIMO. Administración. La administración y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don Sergio Hernán Meléndez Cathalifaud, quién podrá representar a la Sociedad con las mas amplias facultades, para lo cual podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos conducentes a la realización del objeto social.” Cláusulas no modificadas del pacto social quedan plenamente vigentes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Capital social inicial $50.000.000.-. La Serena, 12 de febrero de 2019.