CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GODOY & SANDOVAL PROPIEDADES LIMITADA

RUT 6587186-6 CVE 1548273
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019
Notaría
San
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Notario
LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
Oficio
Tercera Notaría de San Miguel
Comuna
San

Sociedad

N. fantasía
“BRATTI PROPIEDADES LTDA.”. El objeto de la sociedad será: a) La compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces; b) La prestación o ejecución, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, legales, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas; c) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título, bienes muebles, vehículos y maquinarias, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad, así como adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos, leasings y otros. d) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar. La Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a MARÍA ELIZABETH GODOY CERDA, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias atribuciones de administración y disposición para realizar y cumplir el
Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una duración de 5 años renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales

Objeto social

Capital social: $500.000, que se aporta por las socias en la forma y condiciones que se enuncian a continuación: a) María Elizabeth Godoy Cerda, aporta $250.000, equivalentes al 50% del capital social que entera en este acto, en dinero efectivo, al contado, ya ingresado a la caja social; y, b) Carmen Julia Sandoval Godoy, aporta $500.000, equivalentes al 50% del capital social que entera en este acto, en dinero efectivo, al contado, ya ingresado a la caja social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2019, ante mí: MARÍA ELIZABETH GODOY CERDA, chilena, independiente, casada, C.I.N°6.587.186-6, domiciliada en Abraham Atala N°1.029, comuna de San Miguel y CARMEN JULIA SANDOVAL GODOY, chilena, asistente social, casada, quien actúa bajo el art. 150 del Código Civil, C.I. N°14.290.129-3, domiciliada en Avda. Ricardo Lyon N°1.600, dpto. 1.003, comuna de Providencia y de paso en esta; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “GODOY & SANDOVAL PROPIEDADES LIMITADA”. Nombre de fantasía: “BRATTI PROPIEDADES LTDA.”. El objeto de la sociedad será: a) La compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces; b) La prestación o ejecución, de todo tipo de asesorías profesionales de carácter financiero, legales, comerciales y económicas; comisiones, civiles o mercantiles, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas; c) La realización de inversiones en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles para fines de inversión y/o renta. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título, bienes muebles, vehículos y maquinarias, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones y derechos en cualquier clase de sociedad, así como adquirir, arrendar y enajenar a cualquier título todo tipo de bienes raíces, pudiendo explotarlos bajo la forma de compraventas, loteos, subdivisiones, urbanizaciones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos, leasings y otros. d) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá efectuar estos actos por cuenta propia o ajena y realizar cualquier otra actividad análoga, complementaria o conexa con las anteriores que la sociedad determine realizar. La Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a MARÍA ELIZABETH GODOY CERDA, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias atribuciones de administración y disposición para realizar y cumplir el objeto social. Capital social: $500.000, que se aporta por las socias en la forma y condiciones que se enuncian a continuación: a) María Elizabeth Godoy Cerda, aporta $250.000, equivalentes al 50% del capital social que entera en este acto, en dinero efectivo, al contado, ya ingresado a la caja social; y, b) Carmen Julia Sandoval Godoy, aporta $500.000, equivalentes al 50% del capital social que entera en este acto, en dinero efectivo, al contado, ya ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una duración de 5 años renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 14 de febrero de 2019.-