EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 7957/18
- Notario
- DIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley N° 20.494
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA | socio | 76487521-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO, Notario Público Concepción, con oficio en O’Higgins Nº820, suplente del Notario Titular de esta ciudad don Carlos Alberto Miranda Jiménez, certifico: Que por escritura pública de fecha 31 de Diciembre de 2018, ante mí, Repertorio Nº7957/18, señores KATHERINE ANDREA RAMÍREZ HERNÁNDEZ, chilena, empleada bancaria, casada, separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad N° 13.105.943-4, Luis Acevedo N° 470, Chiguayante; ALEJANDRO ENRIQUE AMIGO AVILEZ, chileno, profesor de matemáticas, soltero, cédula nacional de identidad N° 15.853.776-1, San Martín N° 3193, Villa Antuco, Chiguayante; FLOR PABLINA ANDREA LIZANA VÁSQUEZ, chilena, secretaria, soltera, cédula nacional de identidad N° 14.404.299-9, Estanque N° 257, Valle Nonguén, Concepción; y JORGE ANTONIO AMIGO AVILEZ, chileno, contador, casado, separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad N° 12.695.931-1, San Martin N° 3193, Villa Antuco, Chiguayante, modificaron sociedad de responsabilidad limitada EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA, RUT N° 76.487.521-4, Capital social: $5.000.000, constituida por escritura pública con fecha 11 de junio de 2015, otorgada ante el notario público titular de Concepción don Carlos Miranda Jiménez, e inscrita a fs. 81, N° 84, del Registro de Comercio del año 2015, del Conservador de Comercio de la comuna de Chiguayante. Las modificaciones consistieron en lo siguiente: UNO) KATHERINE ANDREA RAMÍREZ HERNÁNDEZ, vendió, cedió y transfirió a FLOR PABLINA ANDREA LIZANA VÁSQUEZ, quien compró, adquirió y aceptó para sí, en la suma total de $4.750.000, todas las acciones, derechos y participación en el capital que le pertenecían en la sociedad “EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA”. Los comparecientes se otorgaron el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- DOS) ALEJANDRO ENRIQUE AMIGO AVILEZ, vendió, cedió y transfirió a JORGE ANTONIO AMIGO AVILEZ, quien compró, adquirió y aceptó para sí, en la suma total de $250.000, todas las acciones, derechos y participación en el capital que le pertenecían en la sociedad “EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA”. Los comparecientes se otorgaron el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse.- TRES) Se modificó la cláusula quinta de la escritura de constitución de sociedad, relativa a la representación, administración y uso de la razón social, la cual corresponderá a don JORGE ANTONIO AMIGO AVILEZ. Facultades escritura extractada. Como consecuencia de las cesiones referidas, los socios KATHERINE ANDREA RAMÍREZ HERNÁNDEZ y ALEJANDRO ENRIQUE AMIGO AVILEZ, se retiran de la sociedad “EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA”. Se otorgó el más amplio y completo finiquito, de carácter recíproco, entre KATHERINE ANDREA RAMÍREZ HERNÁNDEZ, ALEJANDRO ENRIQUE AMIGO AVILEZ y la sociedad, y entre aquella y sus antiguos socios, ya mencionados. Asimismo, los comparecientes se otorgaron el más amplio y completo finiquito declarando que no tienen cargo ni cobro alguno que hacerse. En virtud de la cesiones y retiros antes señalados, quedaron como únicos socios de la sociedad “EQUIPAMIENTO MOBILIARIO MOBILAM LIMITADA”, FLOR PABLINA ANDREA LIZANA VÁSQUEZ y JORGE ANTONIO AMIGO AVILEZ, en la proporción de un 95% y 5%, respectivamente, de los derechos sociales de esta sociedad; Las utilidades y pérdidas y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de esta sociedad, y para todos los efectos que en derecho correspondan, se repartirán y soportarán entre los socios en la siguiente proporción: a) 95% para el socio FLOR PABLINA ANDREA LIZANA VÁSQUEZ b) 5% para el socio don JORGE ANTONIO AMIGO AVILEZ. El capital social es la suma de $5.000.000. Para los efectos de lo establecido en la ley N° 20.494, los socios declararon que el capital social asciende a la suma de$5.000.000.- En todo lo que no se hubiere modificado, seguirán vigentes lo estipulado en la escritura pública de constitución de sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. CONCEPCIÓN, 14 de Febrero de 2019.