CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CENTRO DE ESTÉTICA BARACHIEL SpA

RUT 24049708-5 CVE 1548176
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2019
Notaría
San
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2019
Notario
LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
Oficio
Tercera Notaría de San Miguel
Comuna
San

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 13 de febrero de 2019, ante mí: CATALINA CUADROS ALVAREZ, colombiana, casada, quien actúa bajo el art. 150 del Código Civil, factor de comercio, C.I. Extranjero N°24.049.708-5, domiciliada en Isla Charos N°362, comuna de Pudahuel y PAULA ANDREA VANEGAS SALAZAR, colombiana, soltera, factor de comercio, C.I. Extranjero N°26.479.200-2, domiciliada en Avda. San Eugenio N°1.085, comuna de Ñuñoa, ambas de paso en esta, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “CENTRO DE ESTÉTICA BARACHIEL SpA”. El objeto de la sociedad será: a) Centro de estética; b) Salón de belleza; c) Peluquería; d) Estética facial y corporal; e) Servicios de masajes; f) Servicios de Spa; y, g) Cualquiera otra actividad que las accionistas acuerden y que diga relación o no con el giro, así como la ejecución de todos aquellos actos y contratos que tengan relación directa o indirecta con éste y que fueren convenientes para el cumplimiento de su objeto social. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: $5.000.000, dividido en 500 acciones nominativas, de una misma serie y valor, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie, que se suscribe y paga íntegramente en este acto, según consta en artículo primero transitorio escritura extractada. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 14 de febrero de 2019.-