SOCIEDAD DE INVERSIONES TRIAUSTRALIS SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2019
- Repertorio
- 4233-2019
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) Realizar la prestación de servicios de Asesoramiento y Consultoría en áreas de salud y medioambiente tanto a instituciones públicas como privadas; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) Constituir, integrar y desarrollar todo tipo de sociedades, de cualquier naturaleza que sean éstas; e) Promover, financiar y desarrollar toda clase de empresas y sociedades comerciales e industriales; f) La administración de estas inversiones y sus frutos; g) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y h) cualquier otra actividad que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico, que por escritura pública otorgada ante mi suplente con fecha 08 de febrero de 2019, repertorio N° 4233-2019, doña BÁRBARA ANDREA CAMÚ PARRAU, cédula nacional de identidad N° 8.028.944-8 y doña FERNANDA TAPIA CAMÚ, cédula nacional de identidad N° 16.079.178-0, quienes constituyeron una Sociedad por Acciones la cual se regirá en lo no previsto por sus estatutos, primeramente por las normas del Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio, y supletoriamente, en la medida que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las Sociedades Anónimas Cerradas contenidas en la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento. Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES TRIAUSTRALIS SpA”, nombre de fantasía “TRIAUSTRALIS SpA”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) Realizar la prestación de servicios de Asesoramiento y Consultoría en áreas de salud y medioambiente tanto a instituciones públicas como privadas; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) Constituir, integrar y desarrollar todo tipo de sociedades, de cualquier naturaleza que sean éstas; e) Promover, financiar y desarrollar toda clase de empresas y sociedades comerciales e industriales; f) La administración de estas inversiones y sus frutos; g) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; y h) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma y única serie, el cual se paga de la siguiente manera: a) doña BÁRBARA ANDREA CAMÚ PARRAU, suscribe y paga la cantidad de 900 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal de una misma y única serie por un valor de novecientos mil pesos. y b) doña FERNANDA TAPIA CAMÚ, suscribe y paga la cantidad de 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal de una misma y única serie por un valor de cien mil pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. 13 de febrero de 2019.