INVERSIONES E INMOBILIARIA IVL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de abril de 2006
- Repertorio
- 954/2019
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Titular de la Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
Se modifica el objeto social el que queda en definitiva de la siguiente forma: “OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a dos cualesquiera de los socios, actuando conjuntamente, con todas las facultades indicadas en el texto refundido de los estatutos sociales, contenidas en escritura pública de modificación de sociedad de fecha treinta y uno de Agosto del año dos mil once de la Notaría e Santiago de don Patricio Zaldivar Mackenna, las que se deben entenderse por reproducidas íntegramente. ii)
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES E INMOBILIARIA IVL LIMITADA | socio | 76521220-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, don Cosme Fernando Gomila Gatica, ambos domiciliados en calle Paseo Ahumada N° 341, 4° Piso, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 23 de Enero de 2.019, Repertorio N°954/2.019, ante el Titular, ERICH ALBERT VIERTEL MOLINA, Matrón, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Sur N° 1.301, Depto. 213, Las Condes; HELMAR ROLAND VIERTEL MOLINA, administrador de industria, domiciliado en Juan XXIII N° 6750, departamento N° 301, comuna de Vitacura; y GUIDO ALBERTO CARRILLO LARRAGUIBEL, Ingeniero Civil, con domicilio en calle Camino Las Hualtatas N° 5.020, casa 36, comuna de Lo Barnechea; modificaron sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA IVL LIMITADA, RUT 76.521.220-0, constituida por escritura pública de fecha 12 de Abril del año 2006 otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, inscrita antes a fojas 765 N° 596 del año 2006 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y actualmente inscrita a fojas 97.670 N° 57.359 del año 2015 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- La sociedad constituida en base a los antecedentes antes citados, ha sido objeto de diversas modificaciones sociales, siendo la última de ellas la contenida en escritura pública otorgada con fecha 2 de septiembre del año 2016 de la Notaría de Santiago de don Patricio Zaldivar Mackenna, cuyo extracto fue inscrito a fs. 78.892 N° 42.587 del año 2016 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En virtud de esta última modificación, quedaron como únicos socios don ERICH ALBERT VIERTEL MOLINA, con el 34% de participación en el capital de la sociedad; don HELMAR ROLAND VIERTEL MOLINA, con el 33% de participación en el capital de la sociedad y don GUIDO ALBERTO CARRILLO LARRAGUIBEL con el 33% de participación en el capital de la sociedad. El CAPITAL de la sociedad no ha sufrido modificaciones y sigue siendo de $1.000.000.- Cesión de Derechos: El socio, GUIDO ALBERTO CARRILLO LARRAGUIBEL, propietario de un 33% de participación en el capital de la sociedad, vende, cede y transfiere, parte de sus derechos sociales según se indica: a) vende, cede y transfiere el 18,18% de sus derechos sociales, equivalentes al 6% del total de derechos de la sociedad, al socio ERICH ALBERT VIERTEL MOLINA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la suma de $60.000, que el cesionario paga en el acto, en dinero efectivo y al contado, declarando el cedente recibir a su entera conformidad. b) vende sede y transfiere el 21,21% de sus derechos sociales, equivalentes al 7% del total de derechos de la sociedad al socio HELMAR ROLAND VIERTEL MOLINA, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión asciende a la suma de $70.000, que el cesionario paga en el acto, en dinero efectivo y al contado, declarando el cedente recibir a su entera conformidad. En consecuencia, quedan como únicos socios de la sociedad, INVERSIONES E INMOBILIARIA IVL LIMITADA: a) ERICH ALBERT VIERTEL MOLINA con el 40% por ciento del total de los derechos sociales; b) Don GUIDO ALBERTO CARRILLO LARRAGUIBEL, con el 20% por ciento del total de los derechos sociales; y c) don HELMAR ROLAND VIERTEL MOLINA con el 40% por ciento del total de los derechos sociales. MODIFICACIONES: Los actuales socios efectúan las siguientes modificaciones al estatuto social en los siguientes sentidos: i) ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a dos cualesquiera de los socios, actuando conjuntamente, con todas las facultades indicadas en el texto refundido de los estatutos sociales, contenidas en escritura pública de modificación de sociedad de fecha treinta y uno de Agosto del año dos mil once de la Notaría e Santiago de don Patricio Zaldivar Mackenna, las que se deben entenderse por reproducidas íntegramente. ii) OBJETO SOCIAL: Se modifica el objeto social el que queda en definitiva de la siguiente forma: “OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto: 1) La realización o ejecución de todo tipo de operaciones mercantiles relacionadas con inversiones de toda naturaleza, especialmente inmobiliarias, la adquisición y comercialización de acciones y derechos en sociedades, de valores mobiliarios y de cualquier tipo de instrumentos mercantiles del mercado financiero y la adquisición y comercialización de todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, explotarlos, especialmente mediante arrendamiento, subdividirlos, como también: 2) La prestación de asesorías profesionales sobre todo tipo de asuntos relacionados con la administración de empresas e industrias, la prestación de todo tipo de servicios y la comercialización, representación y distribución de todo tipo de productos.- 3) La organización y patrocinio de grupos de postulantes al subsidio habitacional que otorga el Estado de Chile a través de MINVU y el desarrollo de proyectos, ejecución y construcción habitacionales para los mismos, como a su vez, a prestar todos los servicios necesarios para que los beneficiarios del subsidio concreten la compra de sus viviendas, entre ellos, la tramitación de los créditos hipotecarios y escrituras de compra venta y en general cualquier actividad que los socios deseen ejecutar y que se relacionen con las señaladas; 4) Estudio, ejecución, construcción, edificación, montaje, explotación y venta de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de edificación de obras civiles tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidos o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o subsidios habitacionales y la implementación de todo tipo de proyectos y de obras de ingeniería y construcción, sean por cuenta propia o por cuenta y mandato de terceros; 5) la construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto; teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante, rijan esta clase de viviendas; 6) la explotación de dichas viviendas; 7) las adquisiciones de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y/o arriendo de vehículos de carga y de transporte; 8) las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo u otros organismos; 9) la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que derivan o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; 10) la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción de inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición; 11) en la misma forma, la ejecución de obras civiles de construcción, pavimentación, reposición de calles y veredas, movimiento de tierras, instalaciones de redes de servicios habitacionales y la ejecución de obras civiles mayores tales como la construcción de caminos, carreteras, puentes, túneles, aeródromos, aeropuertos, obras hidráulicas y obras de similar o análoga naturaleza, incluyendo la adquisición, mantención y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras; 12) así como todo acto, contrato, negocio, adquisición e implementación que los socios, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, en la actualidad o en el futuro, con las actividades señaladas.- “La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- En lo no modificado se mantienen vigentes cláusulas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- cbc.-