CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Doña Catalina SpA

RUT 8510043-2 CVE 1546770
Fecha instrumento
28 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2019
Notario
Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, lotear, subdividir y)o construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior que los accionistas acuerden llevar a cabo. El capital de la sociedad de un millón de pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, se entera y paga íntegramente en este acto, por los accionistas, de la siguiente manera: a) Catalina Ovalle Gandarillas, suscribe en este acto, cuatro mil ciento ocho acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; b) Jorge Mario Grainger Pancera, suscribe en este acto, mil seiscientas cuarenta y tres acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; c) Felipe Alfonso Sanhueza del Campo, suscribe en este acto, mil trescientas ochenta y cinco acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; d) Jaime Luis Rodillo Huerta, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; e) Lukas Carlos Koporcic García, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; f) Rodrigo Jullian Pope, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; y g) Eduardo Montesinos de Ugarte, suscribe en este acto, trescientas noventa y ocho acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción. De esta manera, ha quedado íntegramente suscrito ,enterado y pagado el capital de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública, de fecha 28 de enero de 2019, otorgada ante mí, Catalina Ovalle Gandarillas, cedula nacional de identidad número 8.510.043-2, Jorge Mario Grainger Pancera, cedula nacional de identidad número 7.034.914-0, Felipe Alfonso Sanhueza del Campo, cedula nacional de identidad número 10.030.150-5, Jaime Luis Rodillo Huerta, cédula nacional de identidad número 6.428.201-8, Lukas Carlos Koporcic García, cedula nacional de identidad número 5.865.626-7, Rodrigo Jullian Pope, cedula nacional de identidad número 7.522.782-5 y Felipe Eduardo Montesinos de Ugarte, cedula nacional de identidad número 10.832.437-6. Razón social: Inmobiliaria Doña Catalina SpA. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Duración: indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, lotear, subdividir y/o construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, toda otra actividad lícita, directa o indirectamente relacionada con lo anterior que los accionistas acuerden llevar a cabo. El capital de la sociedad de un millón de pesos, dividido en diez mil acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, se entera y paga íntegramente en este acto, por los accionistas, de la siguiente manera: a) Catalina Ovalle Gandarillas, suscribe en este acto, cuatro mil ciento ocho acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; b) Jorge Mario Grainger Pancera, suscribe en este acto, mil seiscientas cuarenta y tres acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; c) Felipe Alfonso Sanhueza del Campo, suscribe en este acto, mil trescientas ochenta y cinco acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; d) Jaime Luis Rodillo Huerta, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; e) Lukas Carlos Koporcic García, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; f) Rodrigo Jullian Pope, suscribe en este acto, ochocientas veintidós acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción; y g) Eduardo Montesinos de Ugarte, suscribe en este acto, trescientas noventa y ocho acciones, a un precio de mil pesos por cada acción, las que paga al contado, en dinero efectivo, declarando la sociedad recibir dicha suma a su entera satisfacción. De esta manera, ha quedado íntegramente suscrito ,enterado y pagado el capital de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de febrero de 2019.