CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA Y EXPORTADORA GEMELOS LIMITADA

CVE 1547316
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2019

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2019
Notario
MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Abogada, Notario Público Titular Iquique, A. Pinto N°555, certifico que por escritura pública, hoy ante mí, ZHOUJUN WU, LIPING CHEN, ambos Avenida Arturo Prat N°1670, departamento 185, Edificio Rodas, Condominio Mar Egeo, Iquique, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, razón social IMPORTADORA Y EXPORTADORA GEMELOS LIMITADA, nombre fantasía GEMELOS LTDA..- Domicilio Iquique. Objeto ejercicio actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial el rubro de importación, exportación, comercialización, reexpedición, distribución, compraventa de toda clase de productos y mercaderías, materias primas y todo tipo de insumos, especialmente artículos y prendas de vestir, calzados, ropa, artículos domésticos, línea blanca, y artículos electrónicos, representaciones de marcas comerciales nacionales e internacionales, representaciones comerciales de todo tipo, y todas las actividades permitidas en Zonas Francas y Zonas de Extensión, Puertos Libres, Régimen General Aduanero; pudiendo operar como usuario, tanto en Zonas Francas como en zona de extensión y/o en el resto del país. Capital US$10.000, que los socios aportan y enteran siguiente manera: a) Socio ZHOUJUN WU, aporta US$5.000, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en caja social, aporte que corresponde al 50% capital social; y b) Socia LIPING CHEN, aporta US$5.000, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en caja social, aporte que corresponde al 50% capital social. Administración sociedad y uso razón social corresponderá en forma separada e indistinta, a los socios ZHOUJUN WU, y/o a LIPING CHEN, quienes en uso de sus facultades, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con amplias facultades. Sociedad regirá desde fecha este contrato y tendrá una duración de 5 años al término de los cuales se entenderá tácita, automática y sucesivamente prorrogada por períodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 24 de Enero de 2019.-