MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SANTA TERESA LIMITADA

RUT 76327902-2 CVE 1547735
Capital
$40.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2018

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2018
Notario
ENRIQUE MIRA GAZMURI
Domicilio
don Raúl Undurraga Laso

Sociedad

Capital
$40.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ENRIQUE MIRA GAZMURI, abogado y Notario Público suplente de don Raúl Undurraga Laso, titular de la Notaría número veintinueve de Santiago, de este domicilio, calle Enrique Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2018 otorgada ante el titular, don FRANCISCO JAVIER RODRÍGUEZ BUSTOS, domiciliado para estos efectos en calle La Concepción número 141, Of. 801, piso 8, comuna de Providencia; doña MÓNICA BERNARDITA RODRÍGUEZ BUSTOS, representada por doña Mónica de las Mercedes Bustos Sandoval, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Bartolomé de Las Casas N°2.149, comuna de Vitacura; don JUAN PABLO RODRIGUEZ SEIN, y doña MÓNICA DORIS SEIN PAVEZ, por sí y en representación de doña JEANNETTE FRANCISCA RODRIGUEZ SEIN, los tres últimos domiciliados para estos efectos en Avenida Costa de Montemar N°80, departamento 41, Edificio Kandinsky, Reñaca Norte, Viña del Mar, modificaron la sociedad AGRÍCOLA SANTA TERESA LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada el 30 de septiembre de 2013 en Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, inscrita en Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago a fojas 76.205 número 50.220 del año 2013, en los siguientes aspectos: Uno) Dan cuenta del fallecimiento del socio don Francisco Javier Rodríguez Aguirre con fecha 16 de septiembre de 2015, dueño del 75% de los derechos sociales. Dos) Dan cuenta de la liquidación y partición de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Francisco Javier Rodríguez Aguirre, realizada por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2018 en esta misma notaría. Tres) Don Francisco Javier Rodríguez Bustos y doña Mónica Bernardita Rodríguez Bustos se adjudicaron, en partes iguales, el 100% de los derechos hereditarios que eran de propiedad de don Francisco Javier Rodríguez Aguirre en la sociedad, esto es, el 75% de los derechos sociales. Cuatro) Don Juan Pablo Rodríguez Sein vende, cede y transfiere a don Francisco Javier Rodríguez Bustos el 100% de sus derechos sociales, retirándose de la sociedad.- Cinco) Quedan como únicos y exclusivos socios de AGRÍCOLA SANTA TERESA LIMITADA: A) Francisco Javier Rodríguez Bustos, con el 62,5% de los derechos sociales; y, B) Mónica Bernardita Rodríguez Bustos, con el 37,5% de los derechos sociales. Seis) Se modifica el artículo Tercero de los estatutos sociales, en el sentido que la administración, su representación y el uso de su razón social corresponderá únicamente al socio Francisco Javier Rodríguez Bustos, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá celebrar todo los actos, contratos y convenciones necesarias para el cumplimiento del objeto social y con las facultades indicadas en el artículo séptimo de los estatutos sociales. Siete) Se sustituye el artículo cuarto por el siguiente: “Cuarto: el capital social es la suma de $40.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) Francisco Javier Rodríguez Bustos con la suma de $25.000.000, de los cuales $5.000.000 se encuentran pagados y, el saldo de $20.000.000 serán pagado dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha. b) Mónica Bernardita Rodríguez Bustos con la suma de $15.000.000, de los $5.000.000 están pagados y el saldo de $10.000.000 será pagado dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 13 de Febrero de 2019.