Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2019
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38 notaria de Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad por Acciones será: A.- Organizar, promover, constituir y tomar parte en toda clase de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocio, empresas y)o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; B.- La realización de toda clase de inversiones con fines de renta, ya sea en Chile o en el extranjero, ya sea en empresas, ya sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, derechos, cuotas y participación en cualquier clase de sociedades o asociaciones, incluso formar sociedades y administrarlas, y desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza y negocios inmobiliarios, pudiendo reinvertir la rentabilidad generada por estas inversiones; C.- La prestación de servicios en general, y en especial de asesoría financiera y empresarial, a personas naturales o a entidades de cualquier carácter o naturaleza jurídica cualquiera que sea el área en que deban prestarse; y la asistencia a quienes desarrollen y presten esos mismos servicios. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en todo lo que diga relación con la implementación, administración o explotación de las actividades ya mencionadas; y, en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar.- La sociedad cumplirá su objeto por sí o a través de otras sociedades que ella constituya o gestione o de que forme parte, o en los que tome interés, participación o representación, o con las que celebre contratos de concesión o se relacione de otro modo cualquiera
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, notario público de la 38 notaria de Santiago, Miraflores N 178 piso 5, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don FRANCISCO JAVIER FREI RUIZ - TAGLE, en representación según personería que indica de INVERSIONES SAN NICOLAS S.A., giro de su denominación, Rol Único Tributario número noventa y seis millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos ochenta guión dos; y doña ANA MARIA PARADA QUESADA, en representación según personería que indica de COMERCIAL FRANJA LTDA., giro de su denominación, Rol Único Tributario número ochenta y cinco millones quinientos setenta y tres mil seis cientos guión cuatro; todos domiciliados para estos efectos en calle Moneda ochocientos doce oficina setecientos cinco, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron la siguiente sociedad por acciones: Nombre. INVERSIONES Y ASESORIAS AMP SpA Objeto. El objeto de la Sociedad por Acciones será: A.- Organizar, promover, constituir y tomar parte en toda clase de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquiera clase de negocio, empresas y/o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; B.- La realización de toda clase de inversiones con fines de renta, ya sea en Chile o en el extranjero, ya sea en empresas, ya sea en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, fondos mutuos, bonos y debentures, derechos, cuotas y participación en cualquier clase de sociedades o asociaciones, incluso formar sociedades y administrarlas, y desarrollar inversiones financieras de cualquier naturaleza y negocios inmobiliarios, pudiendo reinvertir la rentabilidad generada por estas inversiones; C.- La prestación de servicios en general, y en especial de asesoría financiera y empresarial, a personas naturales o a entidades de cualquier carácter o naturaleza jurídica cualquiera que sea el área en que deban prestarse; y la asistencia a quienes desarrollen y presten esos mismos servicios. La prestación de servicios de asesoría y consultoría en todo lo que diga relación con la implementación, administración o explotación de las actividades ya mencionadas; y, en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa o indirectamente con el cumplimiento del objeto social, y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar.- La sociedad cumplirá su objeto por sí o a través de otras sociedades que ella constituya o gestione o de que forme parte, o en los que tome interés, participación o representación, o con las que celebre contratos de concesión o se relacione de otro modo cualquiera. Capital. El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, dividido y representado en CIEN ACCIONES nominativas y de igual valor, que los socios se suscriben y pagan de la siguiente forma: Uno: INVERSIONES SAN NICOLAS S.A., que suscribe noventa y nueve, que corresponden a nueve millones novecientos mil pesos, las se pagan en este acto al contado, en dinero efectivo, caja social. Dos: COMERCIAL FRANJA LTDA., la cual suscribe una acción, que corresponden a cien mil pesos, las se pagan en este acto al contado, en dinero efectivo, caja social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 06 de febrero 2019.