MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

Deportiva Audax S.A.

RUT 91444000-9 CVE 1546461
Capital
$105.547.006 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2019
Notario
Félix Jara Cadot
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$105.547.006 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Junta Extraordinaria de Accionistas de Deportiva Audax S.A socio 91444000-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Félix Jara Cadot, abogado, Notario Público, titular de la 41ª Notaría de Santiago, ubicada en Huérfanos 1160 subsuelo, certifico: Por escritura pública suscrita con fecha 9 de Enero del 2019, REP.N° 878-2019, ante mí , Cristóbal Guerrero Cortés, abogado, C.I. Nº 13.830.619-4, domiciliado en Isidora Goyenechea 3365, oficina 702, las Condes, Santiago, debidamente facultado, redujo Junta Extraordinaria de Accionistas de Deportiva Audax S.A., RUT 91.444.000-9, cuyo extracto de constitución se encuentra inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a Fs. 667, Nº 414, año 1952, en la que se acordó, por la unanimidad de los accionistas presentes, que representan el 96,41% de las acciones que deben ser consideradas para establecer los quórums y mayorías requeridas de conformidad con lo dispuesto por el artículo 117 del Reglamento de Sociedades Anónimas, lo siguiente: a) aumentar el capital social de $105.547.006, dividido en 29.080 acciones, a la suma de $355.548.736; b) la diferencia entre el antiguo capital social y el nuevo después del aumento, ascendente a $250.001.730, se pagará mediante la emisión de 68.871 acciones de pago, por un valor de $3.630 cada una, las que serán ofrecidas a todos los accionistas a prorrata de sus respectivas participaciones accionarias, quienes deberán manifestar por escrito, mediante carta dirigida al Gerente General de la Sociedad su intención de suscribir las acciones, dentro del plazo de 30 días contados desde que reciban la carta informativa del aumento, y suscribirlas y pagarlas hasta el 28 de febrero de 2019; c) En el evento que terminado el período de aceptación referido precedentemente quedaren acciones por suscribir, estas podrán ser ofrecidas a cualquier persona natural o jurídica, siempre que no sea en condiciones más ventajosas que aquellas ofrecidas a los accionistas de la Sociedad, debiendo quedar las acciones suscritas y pagadas en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la presente junta extraordinaria de accionistas. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 09 de enero de 2019.- FELIX JARA CADOT.- N.P.