MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Datum Ingeniería en Geomensura Limitada

RUT 77326960-2 CVE 1546160
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2018

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2018
Notario
CARLOS RODRIGO ARIAS ORTIZ
Domicilio
Viña del Mar Suplente de Titular

Sociedad

Ley aplicable
Ley 20.190

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS RODRIGO ARIAS ORTIZ, Abogado, Notario Público Viña del Mar Suplente de Titular, ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Arlegui 537, certifica: Por escritura hoy ante mí, doña ERICA MIREYA DE LAS MERCEDES CARVALLO GUZMAN, chilena, viuda, rentista, cédula nacional de identidad número 4.177.463-0, y don AGUSTIN EDUARDO VERGARA POBLETE, chileno, ingeniero geomensor, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número 9.478.722- K, ambos domiciliados en Viana 837, oficina 216 Viña del Mar, quienes exponen; Por escritura pública de fecha 10 de Diciembre de 2018, suscrita ante el notario de Viña del Mar, don Carlos Rodrigo Arias Ortiz, suplente de la titular, doña Eliana Gabriela Gervasio Zamudio, doña Erika Mireya de Las Mercedes Carvallo Guzmán cedió la totalidad de los derechos que le correspondían en la sociedad Datum Ingeniería en Geomensura Limitada, a don Agustín Eduardo Vergara Poblete, quien queda como único socio, por lo que, conforme a lo que dispone el artículo 424 del Código de Comercio, transforma la mencionada sociedad en una sociedad por acciones, según las normas que regulan estas sociedades en la Ley 20.190 y Ley 18046 y su Reglamento. Un extracto de esta escritura se inscribió a fojas 20750, número 1628 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar y el mismo extracto se publicó en el Diario Oficial número 42251 con fecha 11 de Enero de 2019. Que por este acto y en virtud de lo dispuesto en la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los comparecientes vienen otorgar la presente escritura para sanear el vicio formal que deriva de haberse publicado en el Diario Oficial, el extracto de la escritura señalada en la cláusula anterior, fuera del plazo legal. En todo lo demás, los comparecientes ratifican íntegramente la escritura pública de cesión de derechos y transformación de la sociedad de fecha 10 de Diciembre de 2018, antes señalada. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y/o de su extracto para requerir y firmar las anotaciones, inscripciones, subinscripciones y publicación que sean de rigor para la legalización de este contrato. Demás estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalización. 31 Enero 2019.