CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Yonder Chile SpA

CVE 1545911
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de febrero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de febrero de 2019
Repertorio
1312-2019
Notario
GERMÁN ROUSSEAU DEL RÍO
Oficio
22° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERMÁN ROUSSEAU DEL RÍO, Notario Público Interino de la 22° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública fecha 08 de Febrero de 2019, repertorio N°1.312-2.019.-, otorgada ante mí, don Patricio Alejandro Elías Sarquis, constituyó una Sociedad por Acciones, conforme extracto: El nombre de la Sociedad es Yonder Chile SpA. El objeto de la Sociedad son las inversiones y las rentas de capitales mobiliarios, de efectos de comercio y de cualquier especie de bien incorporal mueble; y, la formación y la participación en toda especie de sociedad, fondo de inversión y/o asociación, cualquiera que sea su naturaleza o giro. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros, todo lo anterior dentro y fuera de la República de Chile. El Capital de la Sociedad asciende a $10.000.000, dividido en 10.000 acciones, nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma y única serie, íntegramente suscritas por don Patricio Alejandro Elías Sarquis y todas por pagar con dinero y dentro del plazo de 3 años. La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón o firma social corresponde en forma independiente y exclusiva a don Patricio Alejandro Elías Sarquis, sin limitación o restricción alguna. La Vigencia de la Sociedad es Indefinida. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que se puedan establecer, así como de las Oficinas, Agencias o Sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero. Demás menciones no extractables constan en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2019.-